Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022063889)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

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d) Copias de los justificantes bancarios del abono de las nóminas, por la entidad, al trabajador objeto de subvención. En el justificante deberán constar, los siguientes datos: el titular
de la cuenta, número de cuenta de origen y destino, importe, fecha de pago, beneficiario
de la operación y concepto. No se admitirán, en ningún caso, pagos en metálico.
Duodécimo. Cuantía de la ayuda.
1. L
 a cuantía de la ayuda por puesto de trabajo creado a jornada completa, será equivalente
al 100% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual vigente en cada anualidad,
durante los primeros 12 meses de la contratación.
2. A efectos del cómputo de la subvención, cuando el trabajador/a esté en alta el mes completo
se subvencionarán 30 días, independientemente de los días naturales del periodo. Cuando
la persona trabajadora no esté en alta el mes completo, el cálculo se realizará en función de
los días efectivamente trabajados, teniendo como referencia una mensualidad de 30 días.
3. C
 uando las contrataciones subvencionadas se suscriban a tiempo parcial, los importes de
las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato.
4. S
 erán subvencionables dos pagas extraordinarias al año, siempre y cuando hayan sido satisfechas por la entidad. Para el cálculo de la subvención correspondiente a las dos pagas
extraordinarias, se tomarán como referencia 180 días por semestre.
Programa II: Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo para personas
en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción
Décimo tercero. Finalidad.
1. L
 a finalidad del presente programa es financiar el mantenimiento de los puestos de trabajo
para personas en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción, vinculados al desarrollo de un itinerario personalizado de inserción, a través de la prórroga de los
contratos con una duración mínima de doce meses.
2. L
 os contratos podrán celebrarse a tiempo parcial, aunque, no serán objeto de subvención
los contratos suscritos con jornada inferior al 50 %.
Décimo cuarto. Documentación.
La documentación a presentar será la siguiente:
1. L
 as personas solicitantes de la subvención del Programa II, deberán presentar, en el primer mes de solicitud, además de la relacionada en el apartado 2 de este resuelvo décimo
cuarto, lo referido a continuación: