Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022063894)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023.
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Viernes 16 de diciembre de 2022

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el apartado destinado al efecto en la solicitud de qué documento se trata, en qué fecha
se presentó, ante qué órgano y en qué expediente, para que lo recabe de oficio el órgano
gestor, siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del
procedimiento al que correspondan, tal y como señala el artículo 23.3 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. La formulación de la solicitud para acceder a las ayudas convocadas por la presente resolución supone no sólo la aceptación de la cuantía en la que se concrete la ayuda, sino
también la aceptación de las obligaciones que de la misma se derivan, en los términos y
condiciones establecidos en la propia Resolución, y ello sin perjuicio del derecho al desistimiento o a la renuncia que los interesados puedan ejercitar.
7. S
 i la solicitud no reúne los requisitos establecidos, el órgano competente requerirá al
interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles,
indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución
que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. Documentación del Programa I.
La solicitud de las ayudas del Programa I vendrá acompañada de la documentación que se
relaciona a continuación:
a) Copia del DNI, para el caso en que el solicitante sea una persona física o se trate del representante legal de una persona jurídica y se oponga a que el Servicio Extremeño Público de Empleo consulte de oficio sus datos de identidad personal, marcando la casilla
correspondiente en el anexo I de la solicitud del Programa I. Si el solicitante es persona
jurídica, fotocopia del NIF de la entidad, en el caso de que se oponga a que el Servicio
Extremeño Público de Empleo lo consulte de oficio marcando la casilla mencionada.
b) En caso de persona jurídica, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante mediante poder suficiente, en el caso de que la misma se oponga a su obtención
de oficio por parte del Servicio Extremeño Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su consulta,
para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano
gestor, la entidad deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo I de
solicitud del Programa I. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar
el documento de representación.