Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2022063873)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el nuevo Reglamento Técnico de Arbitraje de la Federación Extremeña de Ajedrez, se acuerda su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022



4. R
 eglamento de Competiciones de la FEA.



5. R
 eglamento del Comité Técnico de Árbitros de la FEA.



6. R
 equerimientos para la evaluación de Elo FEDA y FIDE.



7. R
 edactar un informe arbitral.



8. M
 anejo de programas de emparejamientos.

62318

b. P
 rácticas, según se explica en el artículo 17.
Artículo 14. Preparación del ejercicio escrito.
a. El CTA, será el responsable de la preparación, copia y distribución del ejercicio.
b. E
 l examen irá en un sobre cerrado y sellado, que abrirá un delegado del CTA en presencia
de los concurrentes.
c. Se preparará un ejercicio de reserva por si surgiera algún motivo de impugnación.
d. E
 n las bases de la convocatoria se incluirá la estructura y puntuación del ejercicio.
Artículo 15. Corrección del examen.
El CTA designará un corrector del examen, que será un árbitro con titulación Nacional, FIDE o
Internacional. Dicho corrector calificará los ejercicios como aptos o no aptos. Para dar dicha
calificación seguirá las instrucciones del CTA respecto a la nota mínima exigida.
Artículo 16. Recursos a la calificación.
Los aspirantes calificados no aptos dispondrán de un plazo de siete (7) días naturales, desde
la publicación de los resultados para presentar recurso ante el CTA.
Mediante el pago por parte del recurrente de un importe no superior al de la inscripción al
examen, el CTA designará un segundo corrector, pudiendo ser en este caso un miembro del
CTA con los requisitos de titulación establecidos en el artículo 15.
Artículo 17. Fase de prácticas.
Los árbitros que hayan sido declarados aptos en todas las partes del examen teórico deberán
realizar y superar la fase de prácticas. Deberá realizarse durante la vigencia del examen que
regula el artículo 18.