Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2022063873)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el nuevo Reglamento Técnico de Arbitraje de la Federación Extremeña de Ajedrez, se acuerda su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

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Artículo 10. Plazo y publicidad.
La designación de árbitros se realizará, salvo causa justificada, durante el primer trimestre
de cada temporada.
Artículo 11. Publicidad.
El resultado de las designaciones se hará público en la página web oficial de la FEA y se comunicará a los interesados con una antelación mínima de diez días naturales, excepto situaciones
justificadas.
Capítulo cuarto. Obtención del título de Árbitro Autonómico.
Artículo 12. Requisitos previos.
Para optar al título de Árbitro Autonómico se requiere:
1. S
 er mayor de dieciocho años.
2. N
 o estar incurso en causa alguna de inhabilitación.
3. E
 star en alguna de las siguientes situaciones:


a. T
 ener la nacionalidad española.



b. T
 ener la nacionalidad de otro Estado miembro de la Unión Europea,



c. Ser extranjero residente en España en situación legal para trabajar.

Artículo 13. Obtención.
Los aspirantes al título de Árbitro Autonómico deberán superar las pruebas que se determinan
a continuación:
a. Examen teórico. Prueba escrita presencial. Incluirá preguntas de diversos tipos (elección
múltiple, respuesta corta, respuesta larga, …) acerca de:


1. L
 eyes del Ajedrez de la FIDE.



2. S
 istemas de competición: Suizo, Round-Robin, Scheveningen, eliminatorias… así
como sus correspondientes desempates.



3. R
 eglamento Disciplinario de la FEA.