Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2022063873)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el nuevo Reglamento Técnico de Arbitraje de la Federación Extremeña de Ajedrez, se acuerda su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

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b. O
 rganizar y desarrollar cursos de preparación de los aspirantes a la obtención del título
de árbitro autonómico.
c. Elaborar los programas de cursillos de reciclaje y de unificación de criterios arbítrales.
d. C
 onfeccionar los informes de las actividades docentes que se lleven a efecto.
e. Elaborar la memoria de actividades de la temporada.
f. P
 roponer el modelo de informe arbitral.
g. R
 egistrar y revisar los informes de los árbitros, tomando nota de los que sean deficientes tanto por su elaboración como por vulnerar las reglas de juego a efectos de subsanarlos y elaborar el informe sobre la actuación de los árbitros de cada temporada.
h. Solicitar cuando se estime oportuno ampliaciones de los informes arbitrales.
i. Personarse en una competición oficial para comprobar si el árbitro de la misma ejerce
correctamente sus funciones.
j. Establecer la indumentaria y/o elementos identificativos que deberán llevar los árbitros
en las Competiciones Oficiales.
k. Elaborar y aprobar el Presupuesto Económico para su elevación a la Junta Directiva de
la FEA.
Capítulo tercero. Designaciones arbitrales.
Artículo 9. Criterios para las designaciones.
El CTA utilizará su mejor criterio para realizar las designaciones arbitrales. Los factores considerados serán:
1. T
 itulación arbitral.
2. E
 xperiencia en torneos similares.
3. I gualdad de oportunidades.
4. Rotación.
5. H
 onorarios totales a percibir durante la temporada.
6. P
 roximidad del domicilio.