Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022050223)
Orden de 9 de diciembre de 2022 por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 239
Jueves 15 de diciembre de 2022

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beneficiará su evolución académica. Para una mayor claridad en la toma de decisiones, los
centros podrán elaborar dentro de sus Proyectos Educativos rúbricas de consecución de
objetivos y competencias. Promocionarán automáticamente quienes hayan superado las
materias o ámbitos cursados o tengan evaluación negativa en una o dos materias. La decisión de la promoción para aquellos alumnos o alumnas con más de dos materias suspensas
deberá ser tomada por una mayoría cualificada de dos tercios del equipo docente.
3. Para guiar a los equipos docentes en sus decisiones sobre promoción pueden tenerse en
cuenta estos otros aspectos:
a) Que el alumno o alumna no haya obtenido calificaciones especialmente bajas en la evaluación final de las materias o ámbitos en los que se ha obtenido calificación negativa.
b) Valoración de continuar con éxito las materias o ámbitos en los que se ha obtenido evaluación negativa.
c) Evolución, motivación y esfuerzo mostrados por el alumno o alumna a lo largo del curso.
d) Condiciones socioafectivas y/o sanitarias particulares del alumno o alumna durante el
curso.
4. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias o ámbitos seguirán los planes
de refuerzo que establezca el equipo docente, que revisará periódicamente la aplicación
personalizada de estos en diferentes momentos del curso académico y, en todo caso, al
finalizar el mismo. Este alumnado deberá superar las evaluaciones correspondientes a
dichos planes. Esta circunstancia será tenida en cuenta a los efectos de promoción y titulación previstos en los apartados anteriores.
5. Q
 uienes se incorporen a un programa de diversificación curricular deberán asimismo seguir
los planes de refuerzo establecidos por el equipo docente, y superar las evaluaciones correspondientes, en aquellas materias de cursos anteriores que no hubiesen superado y que
no estuviesen integradas en alguno de los ámbitos del programa. Las materias de cursos
anteriores integradas en alguno de los ámbitos se considerarán superadas si se supera el
ámbito correspondiente.
6. La permanencia en el mismo curso se considerará una medida de carácter excepcional y se
tomará tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las
dificultades de aprendizaje del alumno o la alumna. En todo caso, el alumno o la alumna
podrá permanecer en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo a lo largo de
la enseñanza obligatoria.