Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sistema Sanitario Público De Extremadura. (2022063815)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se dispone la publicación del Plan de prevención, actuación y atención a profesionales del Sistema Sanitario Público de Extremadura frente a las agresiones.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

61007

Por otro lado, la Ley 11/2015, de 8 de abril, de Autoridad de profesionales del Sistema
Sanitario Público y Centros Sociosanitarios de Extremadura, reconoce y apoya a los/las
profesionales del Sistema Sanitario Público de Extremadura, reforzando su autoridad y
procurando la protección y el respeto que les son debidos en el ejercicio de sus funciones
y responsabilidades.
Expresamente, la Ley establece la consideración de Autoridad a los/las profesionales del
Sistema Sanitario Público y Centros Sociosanitarios de Extremadura, de tal modo que
gozarán de la protección reconocida a tal condición por la legislación vigente. Además, la
Administración Sanitaria Pública Extremeña se compromete a garantizar a los/las profesionales agredidos, una adecuada asistencia jurídica y apoyo psicológico. Así mismo intervendrá en el cambio de cupo médico en los términos establecidos en la legislación vigente.
Por último, mediante el Decreto 19/2018, de 6 de febrero, con el fin de dar cumplimiento
a la mencionada Ley 11/2015, se crea y se regula el Registro de casos de agresión a profesionales del Sistema Sanitario Público y Centros Sociosanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. CONCEPTOS RELACIONADOS: AGRESIÓN Y DELITO
3.1. DELIMITACIÓN CONCEPTUAL DE LA AGRESIÓN SANITARIA.
A efectos de la aplicación del presente Plan se considera AGRESIÓN SANITARIA a:
1. L
 a VIOLENCIA FISICA O CORPORAL de cualquier tipo (golpes, empujones, patadas, así
como todos aquellos actos agresivos que contacten físicamente con el/la sanitario/a)
con intención de provocarle un daño o lesión.
2. La VIOLENCIA NO FISICA, consiste en:
• Los insultos graves, las amenazas, las humillaciones, así como las coacciones.
• Las vejaciones, las descalificaciones en general y en especial aquellas actitudes que
tengan por objeto desacreditar, deshonrar, menoscabar o menospreciar públicamente la
profesionalidad de un/a sanitario/a, expresadas bien directamente hacia su persona o
bien vertidas o manifestadas en Redes Sociales o en cualquier medio público de difusión
o transmisión de noticias u opiniones.
• Las injurias y las calumnias.
• La resistencia pasiva grave (una oposición física y material, tenaz y resuelta al mandato
o actuación del profesional sanitario en el ejercicio de sus funciones asistenciales en el
ámbito sanitario público).