Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sistema Sanitario Público De Extremadura. (2022063815)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se dispone la publicación del Plan de prevención, actuación y atención a profesionales del Sistema Sanitario Público de Extremadura frente a las agresiones.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

61006

2. C
 umplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria comunes a toda la población, así como las específicamente determinadas por los Servicios Sanitarios.
3. Cuidar las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad de las instituciones sanitarias y sociosanitarias.
4. R
 esponsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el Sistema Sanitario, fundamentalmente en lo que se refiere a la utilización de Servicios, procedimientos
de baja laboral o incapacidad permanente y prestaciones terapéuticas y sociales.
5. Colaborar con los Centros, Servicios y profesionales sanitarios, facilitando la información
de su estado de salud para adecuar la atención sanitaria a las necesidades demandadas.
6. Cumplir las normas y procedimientos de uso y acceso a los derechos que le son reconocidos en la citada Ley, así como en la legislación básica estatal.
2.4. MARCO NORMATIVO DEL PLAN.
El presente Plan se fundamenta bajo la estructura del siguiente marco normativo:
El artículo 40.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos, como uno
los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en
el trabajo.
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales tiene como objeto el promover la
seguridad y la salud de los trabajadores y de las trabajadoras, mediante la aplicación de
medidas y el desarrollo de las actividades preventivas necesarias.
El capítulo III del Título I de la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura,
regula los Derechos y Deberes de los ciudadanos respecto al Sistema Sanitario. Entre
estos Deberes, se encuentra el de responsabilizarse del uso ordenado de las prestaciones
ofrecidas por el Sistema Sanitario, así como el de mantener el debido respeto a las normas
establecidas en cada Centro Sanitario y Sociosanitario, a las personas usuarias y a los/las
profesionales que presten servicio en los mismos.
Asimismo, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario
de los servicios de salud, como norma básica que establece su régimen jurídico, reconoce
el Derecho de los/las profesionales que se encuentren en su ámbito de aplicación a una
protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, sobre riesgos generales en
el Centro Sanitario o derivados del trabajo habitual, así como a recibir asistencia y protección de las Administraciones Públicas y Servicios de Salud en el ejercicio de su profesión o
en el desempeño de sus funciones.