Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sistema Sanitario Público De Extremadura. (2022063815)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se dispone la publicación del Plan de prevención, actuación y atención a profesionales del Sistema Sanitario Público de Extremadura frente a las agresiones.
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022
61030
A
simismo, según lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 39/2015, a través de una petición razonada por parte de la Gerencia del Área correspondiente a las FFCCSE, se podrá
solicitar a las mismas la apertura de una investigación de los hechos y de aquellas conductas acaecidas que pudieran constituir una infracción administrativa.
• Se deberá cumplimentar la hoja de registro del incidente la cual se remitirá por el/la
responsable del Centro Sanitario a la Gerencia del Área correspondiente para su conocimiento y registro, y desde donde a su vez, el personal designado por la Gerencia de Área
(Profesional Guía), la enviará al Observatorio Extremeño para la Prevención y Vigilancia
de las agresiones sanitarias, a efectos de estudio, análisis y planificación de futuras medidas preventivas y de actuación.
• Todo el procedimiento se desarrollará salvaguardando en cada momento los principios
básicos de intimidad y confidencialidad del profesional que ha recibido la agresión.
• En caso de requerir asistencia sanitaria inmediata, el personal sanitario agredido será
trasladado a un Servicio de Urgencias para su atención realizándose el Parte de Lesiones
que se adjuntará a la correspondiente denuncia. Será acompañado por el Profesional
Guía designado en el Área o en su defecto por el/la responsable del Centro.
• El Profesional Guía deberá contactar y responsabilizarse del acompañamiento del profesional sanitario en las primeras 24 horas tras la agresión, responsabilizándose de todos
los aspectos referidos en el presente Plan en su apartado correspondiente.
• En función de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 11/2015 de Autoridad de profesionales del Sistema Sanitario Público (SSP) y Centros Sociosanitarios de Extremadura,
ante los casos de agresión en el SSP donde quede constatada una alteración de la relación profesional sanitario-paciente, la Inspección de Servicios Sanitarios intervendrá
haciendo uso de la facultad de cambio del ciudadano/a de cupo médico, en los términos
establecidos en la legislación vigente.
7.2. ACTUACIÓN DE PROFESIONALES SANITARIOS EN CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES.
Las intervenciones y actuaciones de profesionales sanitarios en la vía pública, establecimientos o lugares de ocio y en los domicilios de pacientes, implican y conllevan un mayor
riesgo en cuanto a la posibilidad de poder sufrir una situación que ponga en compromiso
la integridad o la seguridad del equipo sanitario. De esta manera, ante la intervención de
un Equipo en el exterior de un Centro asistencial, se establecerán las medidas de protección del equipo sanitario adecuadas y establecidas en la Guía para profesionales ante las
agresiones sanitarias en el Sistema Sanitario Público de Extremadura garantizando que no
se demore la actuación sanitaria y salvaguardado el principio superior de la salud y la vida
del paciente.
Lunes 12 de diciembre de 2022
61030
A
simismo, según lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 39/2015, a través de una petición razonada por parte de la Gerencia del Área correspondiente a las FFCCSE, se podrá
solicitar a las mismas la apertura de una investigación de los hechos y de aquellas conductas acaecidas que pudieran constituir una infracción administrativa.
• Se deberá cumplimentar la hoja de registro del incidente la cual se remitirá por el/la
responsable del Centro Sanitario a la Gerencia del Área correspondiente para su conocimiento y registro, y desde donde a su vez, el personal designado por la Gerencia de Área
(Profesional Guía), la enviará al Observatorio Extremeño para la Prevención y Vigilancia
de las agresiones sanitarias, a efectos de estudio, análisis y planificación de futuras medidas preventivas y de actuación.
• Todo el procedimiento se desarrollará salvaguardando en cada momento los principios
básicos de intimidad y confidencialidad del profesional que ha recibido la agresión.
• En caso de requerir asistencia sanitaria inmediata, el personal sanitario agredido será
trasladado a un Servicio de Urgencias para su atención realizándose el Parte de Lesiones
que se adjuntará a la correspondiente denuncia. Será acompañado por el Profesional
Guía designado en el Área o en su defecto por el/la responsable del Centro.
• El Profesional Guía deberá contactar y responsabilizarse del acompañamiento del profesional sanitario en las primeras 24 horas tras la agresión, responsabilizándose de todos
los aspectos referidos en el presente Plan en su apartado correspondiente.
• En función de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 11/2015 de Autoridad de profesionales del Sistema Sanitario Público (SSP) y Centros Sociosanitarios de Extremadura,
ante los casos de agresión en el SSP donde quede constatada una alteración de la relación profesional sanitario-paciente, la Inspección de Servicios Sanitarios intervendrá
haciendo uso de la facultad de cambio del ciudadano/a de cupo médico, en los términos
establecidos en la legislación vigente.
7.2. ACTUACIÓN DE PROFESIONALES SANITARIOS EN CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES.
Las intervenciones y actuaciones de profesionales sanitarios en la vía pública, establecimientos o lugares de ocio y en los domicilios de pacientes, implican y conllevan un mayor
riesgo en cuanto a la posibilidad de poder sufrir una situación que ponga en compromiso
la integridad o la seguridad del equipo sanitario. De esta manera, ante la intervención de
un Equipo en el exterior de un Centro asistencial, se establecerán las medidas de protección del equipo sanitario adecuadas y establecidas en la Guía para profesionales ante las
agresiones sanitarias en el Sistema Sanitario Público de Extremadura garantizando que no
se demore la actuación sanitaria y salvaguardado el principio superior de la salud y la vida
del paciente.