Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063804)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Comunidad de Regantes Canal de Orellana".
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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Entre los días 01 y el 10 de febrero de cada año, se realizará la incorporación progresiva
del personal de red fijo discontinuo para realizar las labores de precampaña, siempre atendiendo a las necesidades de la empresa.
c) Jornada laboral:
Sin perjuicio de lo previsto en el acuerdo de prolongación de jornada (anexo I), la jornada
laboral durante la Campaña de Riegos será de cuarenta horas semanales de lunes a viernes para el personal de red. Para el personal técnico y administrativo la jornada laboral
será de cuarenta horas semanales de lunes a sábado entre el 1 de abril y el 15 de septiembre. El resto del año será de treinta y cinco horas semanales en jornada intensiva de 8 a
15 horas de lunes a viernes.
d) Grupos profesionales:
d.1. Personal de campo:


— Capataz.

— Acequiero.


— Maquinista.

— Tractorista.
— Albañil.
d.2. Personal de administración:
— Administrativo.


— Auxiliar administrativo.

Las labores correspondientes a cada una de las categorías profesionales relacionadas anteriormente, se describen en el Anexo II.
Las labores a realizar por los trabajadores de campo podrán ser temporalmente alteradas
siempre que la empresa lo necesite y sea consensuado con los representantes de los trabajadores.
Artículo 6. Vacaciones. Se establece un período de vacaciones anuales de 23 días hábiles,
retribuido a salario base más antigüedad consolidada y plus de asistencia, cuando se perciban
tales complementos. Su disfrute será fuera de la campaña de riego.