Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063804)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Comunidad de Regantes Canal de Orellana".
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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Dichas prendas se entregarán dentro de la campaña de riego.
Invierno: un mono o buzo, y botas de agua. Dichas prendas se entregarán al inicio de los
trabajos de invierno. Las botas de agua serán renovadas en caso de rotura.
El calzado que se entregue a los trabajadores estará debidamente homologado.
Así mismo, se entregará una prenda de abrigo, en concreto un plumífero cada dos años.
Artículo 5.
a) Clasificación del personal en razón de su pertenencia al servicio de la Comunidad de Regantes del Canal de Orellana:
1. F
 ijos: son trabajadores fijos los contratados por la empresa sin pactar modalidad especial alguna, en cuanto a su duración, y los que legalmente tengan tal consideración.
2. F
 ijos-discontinuos: se consideran así a los trabajadores contratados por la Comunidad
de Regantes del Canal de Orellana para la realización de las funciones de la actividad de
riegos que se repitan cíclica o periódicamente, durante tres campañas consecutivas.
Los trabajadores fijos-discontinuos serán llamados para la campaña de riegos por orden
de antigüedad dentro de su zona de explotación y cesados, de acuerdo con las necesidades de trabajo.
Todo ello teniendo en cuenta las inclemencias del tiempo y del estado del terreno y
siempre consensuado con los representantes de los trabajadores.
Para los trabajos realizados fuera de la campaña de riegos, los trabajadores necesarios
serán llamados de acuerdo con las características del trabajo a realizar, y sin tener en
cuenta la antigüedad en la empresa.
3. T
 emporales: son trabajadores temporales los que hubieren sido contratados con tal
carácter bajo cualquiera de las modalidades de contratación temporal que permita la
legislación vigente en cada momento.
b) La campaña de riegos:
Para el personal fijo discontinuo se entenderá a partir del 01 de abril al 15 de septiembre
de cada año con independencia de la fecha de incorporación y baja de cada trabajador.
Durante la campaña de riegos el total del personal red, cualquiera que sea la modalidad de
su contrato, será de 44 trabajadores.