Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063628)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Comarca de Olivenza", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022
60957
e) D
eclaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.
f) Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y
retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el Censo equivalente de la Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
Undécima. Comisión de seguimiento, vigilancia y control.
Para la interpretación, aplicación, vigilancia, seguimiento y control de la ejecución del presente convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, se constituirá una Comisión,
sin personalidad jurídica propia, en la que participará la Comunidad Autónoma y la Diputación
de Badajoz.
Esta Comisión de Seguimiento controlará el desarrollo de las inversiones, la ejecución del
gasto y el cumplimiento de los hitos y objetivos marcados.
La Comisión de Seguimiento estará formada por cuatro representantes:
— Dos representantes designados por la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, pertenecientes a la Dirección General de Turismo, actuando uno de ellos como Presidente/a
de la Comisión.
— Dos representantes designados por la Diputación de Badajoz.
La Secretaría de la Comisión será designada por la Presidencia y ejercerá sus funciones, sin
voz ni voto, excepto si se trata de uno de los vocales.
Asistirá, igualmente, a la Comisión la persona que se designe por el Ente Gestor del PSTD,
con voz, pero sin voto, actuando como órgano de apoyo a la misma, tal y como se establece
la cláusula Octava del presente convenio.
Se entenderá válidamente constituida la Comisión cuando estén representadas las dos administraciones participantes. Cada una de ellas contará con un solo voto.
La Comisión podrá invitar a asistir a las reuniones a personal experto/técnico que considere
necesario, con el fin de asesorar a la Comisión sobre los asuntos que se sometan a examen.
Asimismo, podrá invitar a representantes del sector empresarial o asociativo del destino con
fines divulgativos de las actuaciones en el destino.
Lunes 12 de diciembre de 2022
60957
e) D
eclaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.
f) Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y
retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el Censo equivalente de la Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
Undécima. Comisión de seguimiento, vigilancia y control.
Para la interpretación, aplicación, vigilancia, seguimiento y control de la ejecución del presente convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, se constituirá una Comisión,
sin personalidad jurídica propia, en la que participará la Comunidad Autónoma y la Diputación
de Badajoz.
Esta Comisión de Seguimiento controlará el desarrollo de las inversiones, la ejecución del
gasto y el cumplimiento de los hitos y objetivos marcados.
La Comisión de Seguimiento estará formada por cuatro representantes:
— Dos representantes designados por la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, pertenecientes a la Dirección General de Turismo, actuando uno de ellos como Presidente/a
de la Comisión.
— Dos representantes designados por la Diputación de Badajoz.
La Secretaría de la Comisión será designada por la Presidencia y ejercerá sus funciones, sin
voz ni voto, excepto si se trata de uno de los vocales.
Asistirá, igualmente, a la Comisión la persona que se designe por el Ente Gestor del PSTD,
con voz, pero sin voto, actuando como órgano de apoyo a la misma, tal y como se establece
la cláusula Octava del presente convenio.
Se entenderá válidamente constituida la Comisión cuando estén representadas las dos administraciones participantes. Cada una de ellas contará con un solo voto.
La Comisión podrá invitar a asistir a las reuniones a personal experto/técnico que considere
necesario, con el fin de asesorar a la Comisión sobre los asuntos que se sometan a examen.
Asimismo, podrá invitar a representantes del sector empresarial o asociativo del destino con
fines divulgativos de las actuaciones en el destino.