Extremadura Avante, Slu. Pruebas Selectivas. (2022082024)
Anuncio de 2 de diciembre de 2022 sobre convocatoria de empleo para la estabilización de empleo temporal para el año 2022.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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Delegado de la empresa convocante, los cuales se aportarán a cada Órgano de Selección para su valoración en la fase de concurso, previa comunicación al interesado/a.


2) Los servicios prestados como personal temporal en la fase del concurso definida
anteriormente como a.2. se certificarán de oficio por la Dirección General o Consejero Delegado de la empresa convocante, los cuales se aportarán a cada Órgano de Selección para su valoración en la fase de concurso, previa comunicación al
interesado/a.



3) L
 os servicios prestados como personal temporal en la fase del concurso definida anteriormente como a.3. se certificarán mediante certificación expedida, según modelo que
figura en Anexo III, por el órgano competente donde se hayan prestado los servicios.

Dicha certificación deberá contener, al menos, Grupo o Clasificación profesional y de
Titulación y Área o Programa o especialidad , porcentaje de jornada y períodos de
tiempo trabajados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha certificación deberá ir acompañada de una vida laboral del interesado/a
junto con el contrato laboral correspondiente, para acreditar los certificados que
acompañe a esta fase.
b. Méritos académicos, con una puntuación máxima de 20 puntos.


b.1. Titulación académica. Se valorará hasta con 20 puntos la titulación académica adicional a la requerida para el acceso al Grupo que la plaza convocada en el mismo
Grupo y Categoría profesional en la Empresa convocante.



— 20 puntos: Nivel 3 MECES o equivalente



— 10 puntos máximo: Grado o equivalente



Acreditación de méritos académicos.



1) Se tendrá en cuante las equivalencias de títulos legalmente reconocidos. El nivel
MECES debe ser acreditado mediante certificado de correspondencia emitido por el
Ministerio de Universidades.



2) En este apartado sólo se valorará la titulación mayor de las aportadas por los aspirantes.

Cada Órgano de Selección se reservará el derecho de comprobar la veracidad del contenido
de las certificaciones aportadas, cuando a juicio de dicho Órgano de Selección se considere
necesario.