Extremadura Avante, Slu. Pruebas Selectivas. (2022082024)
Anuncio de 2 de diciembre de 2022 sobre convocatoria de empleo para la estabilización de empleo temporal para el año 2022.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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Los méritos, tanto profesionales como académicos, que deban ser acreditados por los/as aspirantes deberán ser presentados, en dirección web candidato.extremaduraavante.es durante
el tiempo establecido.
Séptima. Desarrollo del proceso de selección.
1. U
 na vez que se publiquen las listas definitivas en la fase de admisión de aspirantes, cada
Órgano de Selección hará pública la relación de aspirantes que hubieran superado la misma, en la web candidato.extremaduraavante.es. Simultáneamente, cada Órgano de Selección anunciará la apertura del plazo de 3 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso, según se dispone
en la Base Sexta.
2. F
 inalizado el referido plazo, cada Órgano de Selección pasará a valorar los méritos. De
esta forma, los documentos expedidos de oficio por la Dirección General de Extremadura
Avante referidos a los apartados a.1 y a.2 descritos en el apartado 3 “Fase de concurso” de
la base sexta, serán remitidos por el Director General o Consejero Delegado de la empresa
convocante al Órgano de selección. Los méritos profesionales del apartado a.3, como los
méritos académicos, una vez aportados por los aspirantes en la plataforma web cadndidato.extremaduraavante.es, serán descargados de dicha plataforma por cada Órgano de
Selección para su posterior valoración.
3. A
 la vista de la documentación aportada según se indica en la base sexta, el resultado de la
fase de concurso se obtendrá sumando los puntos obtenidos en cada uno de los apartados
de méritos, según se indica en la base sexta.
4. U
 na vez resuelta la fase de concurso, cada Órgano de Selección hará público, la relación
provisional de puntuación obtenida de cada uno de los/as de aspirantes, disponiendo los/
as interesados/as, igualmente, de un plazo de 2 días hábiles para efectuar reclamaciones
ante el mismo.
5. T
 ranscurrido el plazo establecido, cada órgano de selección publicará los listados de puntuaciones definitivas de la fase de méritos.
6. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Órgano de
Selección o del órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de
las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano
convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al
interesado/a.