Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063739)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modificación de concesión de aguas subterráneas para ampliación de superficie de regadío en 66,03 ha de olivar súper-intensivo a implantar, a sumar a las 125,39 ha ya concedidas y totalizar 191,42 ha, a ejecutar en la finca Montenuevo-La Sanchita", en el término municipal de Olivenza (Badajoz). Expte.: IA 21/0259.
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Viernes 9 de diciembre de 2022

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132/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el plan de lucha contra incendios
forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), y modificaciones posteriores.


23. En cuanto a las tierras y piedras de excavación, en cumplimiento del principio de
jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la propia
obra, y si ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en restauración, acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación en vertedero. En este sentido, se deberá cumplir lo establecido en la Orden APM/1007/2017,
de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales
excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas
en las que se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.

24. 
Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de
acopios de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las
zonas de préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán
contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de
ser necesario.
25. Para reducir la compactación del suelo y la afección a hábitats, la maquinaria no
circulará fuera de los caminos, salvo cuando la actuación lo precise, y nunca con el
terreno con exceso de humedad. Durante los periodos de tiempo en que la maquinaria no esté en funcionamiento, ésta permanecerá en los lugares indicados para ello.


26. Se evitarán afecciones fuera de la zona de actuación por parques de maquinaria,
zonas de acopio de materiales, desbroces de vegetación, u otros. Para la ubicación
del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra
(zonas de acopio de materiales, etc.), se evitará generar explanaciones fuera de la
zona de actuación y se respetarán las zonas adyacentes bien conservadas, seleccionando una zona lo suficientemente alejada de los cauces, preferentemente áreas
degradadas.



27. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas
e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así
como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán
quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón,
tierras, etc., debiendo proceder a depositarlos según la legislación correspondiente.
La totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.