Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Voluntariado. Subvenciones. (2022063760)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 234
Miércoles 7 de diciembre de 2022

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d) Declaración de otras ayudas o subvenciones recibidas para el mismo objeto y finalidad,
conforme al modelo que figura como anexo III.
2. Asimismo, las entidades solicitantes podrán presentar, a efectos de su valoración conforme a
los criterios previstos en el apartado noveno de esta resolución, la siguiente documentación:
a) Certificado de la persona que ocupe la secretaría de la entidad en el que conste el número de personas voluntarias inscritas en su registro de altas y bajas.
b) Certificado de la persona que ocupe la secretaría de la entidad privada sin ánimo de
lucro de ámbito autonómico en la que la entidad solicitante se encuentra integrada indicando tal extremo y recogiendo su ámbito de actuación y sus fines estatutarios.
c) Convenios, resoluciones u otros documentos que acrediten la concesión de financiación
pública y/o de obras sociales para el desarrollo de programas o actividades de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura de las dos
últimas anualidades, así como las correspondientes memorias de ejecución.
d) Certificados de control y calidad en base a la Norma ONG con calidad, ISO 9001:2018,
EFQM u otros sistemas de calidad y/o control externo de auditorías que garantizan el
control de los procesos y programas, en los que se indique el alcance territorial de los
mismos cuando se trate de entidades de ámbito estatal con delegación en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
e) 
Estudios, diagnósticos o informes que fundamenten la necesidad de ejecución del
programa.
f) Certificado de la persona que ocupe la secretaría de la entidad participante o entidades
participantes en el que conste su colaboración o intervención en la ejecución del programa.
g) Informe de vida laboral de la entidad (VILE) referido a los treinta días anteriores a la
fecha de publicación de la presente convocatoria.
3. L
 a justificación de los datos relativos a su inscripción, domicilio social y la delegación o
delegaciones que la entidad tenga en Extremadura se comprobará de oficio por el órgano
gestor de la subvención en el registro público competente, nacional o autonómico, de asociaciones o fundaciones.
4. L
 a justificación del cumplimiento del criterio objetivo de otorgamiento de la subvención
previsto en el apartado Noveno punto 1.1. letra g) de esta resolución, será comprobada
de oficio por el órgano gestor ante el Registro Central de Entidades del Voluntariado Social
de Extremadura, adscrito a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias.