Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Reservas De La Biosfera. Subvenciones. (2022040200)
Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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a) Presidente/a: Jefatura de Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
b) Secretario/a: Jefatura de Dirección de Programas de Áreas Protegidas.
c) Vocal: Coordinación de Espacios Naturales Protegidos.
d) Vocal: Jefatura de Sección de Educación e Información Ambiental.
e) V
 ocal: Jefatura de Sección de Biodiversidad.
El régimen de constitución y funcionamiento de esta Comisión se adecuará a lo dispuesto
en la sección II del capítulo III del título V de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como a lo dispuesto en la sección III del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Esta comisión podrá contar durante el proceso de selección con la asistencia de asesores
técnicos o expertos, externos e independientes, con conocimientos y experiencia profesional acreditada.
2. L
 as funciones de esta Comisión consistirán en el estudio técnico de los documentos contenidos en los proyectos y la valoración de los mismos con arreglo a los criterios objetivos
descritos en el artículo 13, elaborando los correspondientes informes vinculantes en los que
se concrete el resultado de la valoración y evaluación efectuada. Dichos informes deberán
recoger todas las solicitudes que cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las
ayudas y una relación de solicitudes que, cumpliendo con los requisitos exigidos, quedan
fuera de la convocatoria.
3. L
 a composición exacta de la Comisión de Valoración se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura en consonancia con lo establecido en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. Todos los integrantes de la Comisión de Valoración, incluidos, en su caso, los asesores
técnicos o expertos, de conformidad con el artículo 6.4 de la Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, deberán cumplimentar la declaración de ausencia de conflicto
de interés (DACI) que se recoge en el anexo VI.A del presente decreto.
Artículo 15. Propuesta de resolución y resolución de concesión.
1. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe vinculante de la Comisión
de Valoración, formulará propuesta de resolución definitiva de cada procedimiento. Esta