Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Reservas De La Biosfera. Subvenciones. (2022040200)
Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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propuesta no podrá apartarse en ningún caso del sentido del informe de la Comisión de
Valoración.
2. U
 na vez dictada la propuesta de resolución definitiva, se procederá a la resolución de los
procedimientos.
3. L
 a concesión de las subvenciones será resuelta y notificada por el titular de la Secretaría
General de la Consejería con competencias en la conservación de la naturaleza, en el plazo
máximo de seis meses a contar desde la publicación simultánea de la convocatoria y de su
extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
4. En la resolución se hará constar:
a) Nombre de la entidad beneficiaria, NIF y actividad objeto de subvención.
b) Cuantía de la subvención que se concede.
c) Plazo para ejecutar y justificar la ayuda concedida.
d) Las condiciones que legalmente sean exigibles, así como la obligación de la beneficiaria
de someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que establece la
ley general de hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y supletoriamente
a la regulación que se derive conforme a la Ley General Presupuestaria.
e) L
 a obligatoriedad de dar cumplimiento a las medidas de publicidad de ayudas percibidas
en los términos y condiciones establecidos en el artículo 9 de Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en particular:


1º) La procedencia de la financiación de los fondos, información sobre la componente
e inversión. Se incluirá la referencia al “Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia - Financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU”



2º) La advertencia de que sus datos personales serán objeto de las publicaciones legalmente establecidas.



3º) Los medios publicitarios que cabe adoptar, en su caso, para hacer visible ante el
público el origen de la financiación de la ayuda.

f) La necesidad de que la beneficiaria aporte, en el plazo establecido en la propia resolución, el Alta de Terceros para aquellas beneficiarias que no estén dados de alta en el
sistema, o bien, para aquellas beneficiarias dados de alta en el sistema pero que desean