Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Denominación De Origen. (2022050214)
Orden de 23 de noviembre de 2022 por la que se aprueban los Estatutos de la Denominación de Origen Protegida "Aceite Villuercas Ibores Jara".
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NÚMERO 232
Viernes 2 de diciembre de 2022

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normas recogidas en el sistema de calidad. La liquidación económica se hará de forma
previa a la entrega del informe.
c. Por emisión de certificados: El coste se fijará a la aprobación del presupuesto mediante
acuerdo del Pleno, y su liquidación se llevará a cabo en el momento de la solicitud del
certificado.
Artículo 18. Régimen presupuestario, contable y control financiero.
1. Régimen presupuestario: Dentro de las directrices y acuerdos de los órganos de gobierno,
a Dirección de Gestión confeccionará propuestas anuales de los siguientes documentos:
a. Presupuesto y proyecto de actividades del ejercicio siguiente, que será sometido a la
aprobación del Pleno dentro del último trimestre de cada año, y que incluirá la propuesta de gasto y de financiación, deberá estar equilibrado, y tendrá carácter limitativo por
su importe global.
b. Liquidación de presupuesto correspondiente al ejercicio anterior, que será acompañada
de una memoria de actividades realizadas.
c. Inventario, que contendrá la relación de todos los bienes muebles e inmuebles y derechos reales sobre los mismos cuyo valor exceda de 500 euros.
d. Los documentos mencionados en los apartados (a) y (b) se someterán al Pleno para su
aprobación dentro del segundo trimestre del año siguiente y se remitirán al órgano de la
Administración competente en materia de calidad agroalimentaria por cualquier medio
que permita tener constancia de su recepción, así como de la fecha, la identidad y el
contenido, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su aprobación por el Pleno.
Asimismo, el inventario mencionado en el apartado (c) se remitirá junto a la memoria
anual de actividades realizadas.
2. Régimen contable: El C.R. se dotará del sistema de contabilidad según lo establecido en el
Reglamento y demás normativa aplicable y mostrará, la imagen fiel de su patrimonio, de su
situación financiera, y de los resultados. Las propuestas de cuentas anuales se formularán
por la Tesorería, serán sometidas a aprobación del Pleno dentro del primer trimestre del
año siguiente cierre del ejercicio y se auditarán a través de una entidad autorizada según
la normativa vigente.
3. C
 ontrol financiero: La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través
de la Intervención General, podrá ejercer el control financiero necesario sobre los gastos
efectuados para la gestión de las funciones del C.R.