Presidencia De La Junta. Medidas. (2022010005)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
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NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022



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b) Instalación de líneas aéreas de energía eléctrica de alta tensión en suelo rural que
tengan una longitud igual o superior a 1000 metros, proyectos no incluidos en los
Anexos IV y V.

Grupo 4. Proyectos de caminos y carreteras.


a) Nuevas pistas forestales o caminos rurales y modificaciones en el trazado de las
existentes cuando su longitud exceda los 250 metros lineales.



b) Nuevas carreteras y modificaciones en el trazado de las existentes cuando su longitud exceda a los 250 metros lineales, proyectos no incluidos en los Anexos IV y V.

Grupo 5. Proyectos de ingeniería hidráulica y de gestión del agua.
Balsas, presas y otras instalaciones destinadas a retener agua, con capacidad superior a
10.000 m3 ubicadas en suelo rural y fuera de dominio público hidráulico, no incluidas en
los Anexos IV y V.
Grupo 6. Otros proyectos y actividades.
1. P
 royectos de restauración, acondicionamiento o relleno en una superficie mayor de
10.000 m2 y/o con un volumen mayor de 20.000 m3 no incluidos en el anexo IV y V.
2. Otras actividades que no estando sometidas a evaluación de impacto ambiental de proyectos (Anexo IV, V y VI) precisen de comunicación ambiental autonómica, siempre y
cuando se desarrollen en suelo rural.
3. E
 staciones depuradoras de aguas residuales no incluidas en el anexo IV y V.
4. Almacenamiento para venta de productos petrolíferos, petroquímicos y químicos, siempre y cuando se desarrollen en suelo rural, no incluidas en el anexo IV y V y que no
precisen de autorización ambiental unificada o integrada.
Nota: el fraccionamiento de proyectos de igual naturaleza y realizados en el mismo espacio físico no
impedirá la aplicación de los umbrales establecidos en los Anexos IV, V y VI de la presente ley, a cuyos
efectos se acumularán las magnitudes o dimensiones de cada uno de los proyectos considerados».

42. Se da nueva redacción al Anexo VII, que pasa a tener el siguiente contenido:
«Anexo VII
Estudio de impacto ambiental y criterios técnicos.