Presidencia De La Junta. Medidas. (2022010005)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
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NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022

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Respecto a la información que deberá incluir el estudio de impacto ambiental, los conceptos técnicos y las especificaciones relativas a las obras, instalaciones o actividades comprendidas en los anexos IV y V, será de aplicación la regulación establecida en la legislación
estatal básica en materia de evaluación de impacto ambiental».
43. En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Administración autonómica procederá a analizar los sectores que se indican a continuación a los
efectos de sustituir, en su caso, las autorizaciones vigentes por declaraciones responsables y/o comunicaciones, previa aprobación de los correspondientes manuales de
indicaciones técnicas a cumplir:


— Instalaciones ganaderas, destinadas a la cría de aves, incluyendo las granjas cinegéticas, que dispongan de un número de emplazamientos o animales superior a los
siguientes:



a) 7.000 emplazamientos para gallinas ponedoras.



b) 9.500 emplazamientos para pollos de engorde.



c) 7.000 emplazamientos para pavos de engorde.



d) 33.000 emplazamientos para perdices.



e) Número equivalente a las anteriores para otras especies y orientaciones productivas de aves.



— Instalaciones ganaderas, destinadas a la cría de ganado porcino, incluyendo los jabalíes, que dispongan de más de 350 emplazamientos o animales autorizados para
cerdos de cría y/o 50 emplazamientos o animales para cerdas reproductoras.

— Instalaciones ganaderas destinadas a la cría intensiva de rumiantes, incluyéndose
entre ellas los centros de tipificación y granjas cinegéticas, que dispongan de un número de emplazamientos superior a los siguientes:


a) 50 emplazamientos para vacuno de leche.



b) 100 emplazamientos para vacuno de engorde.



c) 330 emplazamientos para ovino, caprino, corzos y muflones.



d) 120 emplazamientos para ciervos y gamos.



e) Número equivalente a las anteriores para otras especies y orientaciones productivas.