Presidencia De La Junta. Medidas. (2022010005)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
184 páginas totales
Página
NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022



58700

e) Medidas que permitan prevenir, corregir y, en su caso, compensar los posibles efectos adversos significativos sobre el medio ambiente y el paisaje.



f) Programa de vigilancia ambiental.



g) Resumen no técnico del estudio de impacto ambiental y conclusiones en términos
fácilmente comprensibles.

3. Cuando el órgano ambiental haya elaborado el documento de alcance de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 64, el promotor elaborará el estudio de impacto ambiental
ajustándose a la información requerida en dicho documento.
4. C
 on el fin de evitar la duplicidad de evaluaciones, el promotor al elaborar el estudio de
impacto ambiental, tendrá en cuenta los resultados disponibles de otras evaluaciones
pertinentes en virtud de la legislación comunitaria o nacional.
A estos efectos, la Administración pondrá a disposición del promotor que así lo solicite
los informes y cualquier otra documentación que obre en su poder cuando resulte de
utilidad para la realización del estudio de impacto ambiental.
5. E
 n el estudio de impacto ambiental deberán venir identificados sus autores mediante
nombre, apellidos, titulación, documento nacional de identidad o cualquier otra documentación acreditativa de la identidad del autor o autores del proyecto. Además deberá
constar la fecha de conclusión del mismo y las firmas de los autores.
6. El estudio de impacto ambiental perderá su validez si en el plazo de un año desde la
fecha de su conclusión no se hubiera presentado ante el órgano sustantivo para la realización de la información pública y de las consultas».
18. El artículo 66 queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 66. Información pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental.
1. El promotor presentará el proyecto y el estudio de impacto ambiental ante el órgano sustantivo, que los someterá a información pública durante un plazo no inferior a treinta días
hábiles, previo anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en su sede electrónica.
Esta información pública se llevará a cabo en una fase del procedimiento sustantivo
de autorización del proyecto en la que estén abiertas todas las opciones relativas a la
determinación del contenido, la extensión y la definición del proyecto.
En el caso de proyectos que deban ser autorizados por la Administración General del Estado y que además requieran una autorización ambiental integrada según lo dispuesto