Presidencia De La Junta. Medidas. (2022010005)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
184 páginas totales
Página
NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022

58692

14. El artículo 58 queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 58. Planes Generales Municipales.
1. El procedimiento de evaluación ambiental estratégica de los Planes Generales Municipales constará de los siguientes trámites, cuando el Plan General Estructural y Plan
General Detallado se tramiten y aprueben de manera conjunta:


1.1 Tras la aprobación por el órgano municipal competente del avance del Plan General
Estructural, el promotor presentará ante el órgano sustantivo, junto con la documentación exigida por la legislación sectorial, una solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria, acompañada del borrador del Plan General
Estructural y del Plan General Detallado y de un documento inicial estratégico que
contendrá, al menos, la siguiente información:



a) L
 os objetivos de la planificación.



b) El alcance y contenido de los planes propuestos y de sus alternativas razonables,
técnica y ambientalmente viables.



c) El desarrollo previsible de los planes.



d) Los potenciales impactos ambientales tomando en consideración el cambio climático.



e) Las incidencias previsibles sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes.



1.2 Si el órgano sustantivo comprobara que la solicitud de inicio no incluye los documentos señalados en el apartado anterior requerirá al promotor para que, en un
plazo de diez días hábiles, acompañe los documentos preceptivos, con los efectos
previstos en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, el órgano
sustantivo comprobará que la documentación presentada de conformidad con la
legislación sectorial cumple los requisitos en ella exigidos.



Una vez realizadas las comprobaciones anteriores, el órgano sustantivo remitirá al
órgano ambiental la solicitud de inicio y los documentos que la deben acompañar.



1.3 El órgano ambiental someterá el borrador del Plan General Estructural y del Plan
General Detallado, junto con el documento inicial estratégico a consultas de las
Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas, que se pronunciarán en el plazo de cuarenta y cinco días hábiles desde su recepción.