Presidencia De La Junta. Medidas. (2022010005)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
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NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022

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2. El apartado 3 del artículo 59 queda redactado como sigue:
«3. La Junta de Extremadura, en los procedimientos de contratación del servicio de comedor de los centros escolares, implementará como criterios de valoración de ofertas, la
utilización por las empresas de productos de temporada».
CAPÍTULO VI
Medidas en materia de subvenciones
Artículo 33. Modificación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
1. El apartado 1 del artículo 5 queda redactado del siguiente modo:
«1. Previamente al establecimiento de las bases reguladoras deberá elaborarse un Plan Estratégico de subvenciones, supeditado en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, en el que se concretarán para cada línea de subvención: los objetivos
y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los
costes previsibles, su fuente de financiación, su cobertura presupuestaria y unos indicadores
relacionados con los objetivos del Plan que permitan su evaluación y seguimiento.
Cuando existan planes o programas sectoriales más amplios en cuyos objetivos o finalidades
se incardinen las subvenciones, los Planes Estratégicos habrán de hacer una referencia a los
mismos y tener en cuenta los criterios o contenidos derivados de dichos Planes sectoriales.
Dichos planes o programas sectoriales podrán ser considerados como Planes Estratégicos,
siempre que tengan el contenido que para los mismos establece la presente ley, debiendo
publicarse en el Portal de Transparencia y Participación Ciudadana, con un seguimiento del
grado de desarrollo y ejecución del mismo».
2. El apartado 8 del artículo 12 queda redactado del siguiente modo:
«8. La justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad
social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será consultada o recabada de oficio
por la Administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso
del interesado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de
expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo.
No obstante, siempre que así se establezca en las bases reguladoras, podrán sustituirse
estas certificaciones por una declaración responsable en los siguientes supuestos: