Presidencia De La Junta. Medidas. (2022010005)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
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NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022

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celeridad a la tramitación de los procedimientos administrativos que la misma regula, y la
reducción de los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos, y ello con el
objetivo de armonizar medio ambiente y economía, teniendo en cuenta que las consideraciones medioambientales y económicas se complementan como dos caras de la misma moneda, buscando una evolución hacia una economía más ecológica con reducción de los costes
medioambientales, al permitir un uso más eficiente de los recursos, teniendo en cuenta que
las nuevas tecnologías respetuosas con el medio ambiente generan empleo, dan un impulso a
la economía y consolidan la competitividad de la industria a nivel estatal y autonómico.
Hay que tener en cuenta, que tanto en materia de evaluación ambiental estratégica de planes
y programas como en materia de evaluación de impacto ambiental de proyectos la normativa
autonómica debe respetar el marco jurídico unitario definido por la legislación estatal básica
en materia de protección del medio ambiente, el cual, en este caso, se fija en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
En virtud de la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, se modificó la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental, modificación que tuvo como objetivos, en primer lugar, conseguir
una regulación más eficaz del proceso de evaluación de impacto ambiental, adaptando las
diversas etapas de las que consta este proceso a los principios comunitarios de «una mejor
legislación» y de reducción de las cargas administrativas para los ciudadanos; en segundo
lugar, aumentar la coherencia y las sinergias con otra legislación y otras políticas de la Unión
Europea, así como con las estrategias y políticas establecidas por los Estados miembros en
ámbitos de competencia nacional; y, finalmente, garantizar la mejora de la protección del
medio ambiente, de la salud humana y del patrimonio nacional, velando por el aumento de
la eficiencia en el uso de los recursos naturales, mediante un sistema de toma de decisiones
sobre inversiones, tanto públicas como privadas, más previsible y sostenible a largo plazo.
En esta misma línea, el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban
medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, modificó
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, para dotar al procedimiento de
evaluación ambiental de una mayor agilidad y seguridad jurídica, facilitando la tramitación
de proyectos que permitan impulsar la reactivación económica al tiempo que se garantiza la
protección del medioambiente.
Va a ser el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, el que acometa un reforma de mayor calado en
el texto de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con el fin de dotar de
mayor agilidad y seguridad jurídica a los procedimientos de evaluación ambiental, y facilitar así
la tramitación de proyectos que permitan impulsar la reactivación económica, especialmente