Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sistemas Agroforestales. Subvenciones. (2022040172)
Decreto 113/2022, de 31 de agosto, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas al establecimiento y mantenimiento de sistemas agroforestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobación de la primera convocatoria.
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NÚMERO 227
Viernes 25 de noviembre de 2022

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Cuando se dé la circunstancia en la que la Memoria Técnica incluya actuaciones por
recinto con distinto uso, su cálculo se realizará aplicando la media ponderada por el importe de subvención, siendo la puntuación máxima que puede obtenerse de 10 puntos.
— Criterio 3. Recintos incluidos en un I.G.F. Para su puntuación se valorará que en los recintos incluidos en la solicitud se hayan solicitado actuaciones de regeneración o mejora
incluidas en el Plan Especial de un I.G.F. o que tiendan al cumplimiento de los objetivos
perseguidos en el mismo. La puntuación también dependerá de la situación administrativa en que se encuentre el IGF antes de la publicación de la convocatoria y de la
existencia o no de certificación forestal. Los puntos se asignarán por recintos conforme
a lo indicado en el anexo V.
Cuando en la solicitud de subvención se incluyan recintos con diferentes puntuaciones,
su cálculo se realizará aplicando la media ponderada por el importe de subvención. Este
criterio tiene una puntuación máxima de 15 puntos.
— Criterio 4. Por recinto subvencionado. Su puntuación se determinará en función de si los
solicitantes o los recintos solicitados han sido o no objeto de subvención regulada en los
Decretos 22/2013 de 5 de marzo; 51/2017, de 18 de abril y 9/2018, de 30 de enero.
Este criterio tiene una puntuación máxima de 10 puntos.
Cuando se dé la circunstancia que se incluyan actuaciones por recinto en ambas situaciones, su cálculo se realizará aplicando la media ponderada por la superficie.
No serán subvencionables aquellas solicitudes que no alcancen un mínimo de 23 puntos de
acuerdo con lo establecido en el PDR de Extremadura (2014-2020).
13. Financiación.
La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas asciende a ocho millones doce
mil quinientos euros (8.012.500,00 €). Este importe se distribuye en 6.904.500,00 € para
la implantación, (6.300.000,00 € para titulares privados y 604.500,00 € para titulares públicos) y el resto para mantenimiento en dos años, cuya imputación presupuestaria es al
proyecto 20150163, fondo FR14080200, centro gestor 120050000 distribuido en:
— Ejercicio 2023: Importe de 6.300.000,00 € a la posición presupuestaria G/354C/77000
y 604.500,00 € a la posición presupuestaria G/354C/76000.
— Ejercicio 2024: Importe de 500.000,00 € a la posición presupuestaria G/354C/77000 y
54.000,00 € a la posición presupuestaria G/354C/76000.