Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sistemas Agroforestales. Subvenciones. (2022040172)
Decreto 113/2022, de 31 de agosto, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas al establecimiento y mantenimiento de sistemas agroforestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobación de la primera convocatoria.
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NÚMERO 227
Viernes 25 de noviembre de 2022

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de las protecciones certificadas del grupo A. Si hubiera marras o pérdidas de protección
comprendidas entre el 20 % y el 70 % de las unidades certificadas, se entenderá una
destrucción parcial. En este caso la cantidad a reintegrar se corresponderá con el valor
de la diferencia entre el porcentaje de marras o pérdidas de protección estimado y el
20 % de las unidades inicialmente certificadas, a lo que habría que añadir el valor correspondiente de las primas, tributos y honorarios recibidos.
c) Cuando, con posterioridad al pago de la subvención, se detecte que se ha incurrido en
alguna de las causas de revocación previstas.
2. A
 tal efecto, se concederá un trámite de audiencia y se dictará una resolución por el órgano
concedente, según lo establecido en la Ley General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones, la Ley de Subvenciones de Extremadura, el Decreto 77/1990, de 16
de octubre, que regula el régimen general de concesión de subvenciones y la Ley 5/2007,
de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Artículo 50. Devolución de la documentación.
1. T
 ranscurrido un mes desde la notificación de la resolución el órgano instructor devolverá la
documentación a quienes se les hubiera desestimado la subvención, siempre que expresamente lo soliciten.
Dicha documentación podrá retirarse por la persona interesada, por su representante legal
o por la persona que acredite documentalmente estar autorizada por aquella; debiendo
quedar constancia de dicha entrega. Cuando se solicite expresamente, la documentación
se le remitirá a portes debidos.
2. El plazo límite tanto para retirarla personalmente como para solicitar su devolución por correo
será de tres meses desde la fecha de la resolución única, o desde la última resolución adoptada, en su caso; a partir de esa fecha, el órgano instructor procederá a desechar la documentación que no hubiera sido reclamada, de lo cual se dejará constancia a través de una diligencia.
3. E
 n cualquier caso, a efectos de control financiero y de acuerdo con el plazo de prescripción
del artículo 45 de la Ley 6/2011, quedará una copia, que podrá ser digital, del expediente
al margen tanto de la devolución como de la destrucción, y se seguirán custodiando en los
archivos administrativos según sus normas específicas.
Artículo 51. Información y publicidad.
1. Las bases reguladoras de la subvención, la convocatoria, y la relación de personas beneficiarias se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura, en la sede electrónica corporativa de la
Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones, y en el Portal de Transparencia de