Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Ganadería. Ayudas. (2022063349)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a la mejora en bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de las especies bovina y/o caprina de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2022.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022

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No se admitirán solicitudes presentadas fuera de plazo así como las que no se ajusten al
modelo normalizado establecido en la presente convocatoria. Cuando dentro del plazo de
admisión una misma persona o entidad solicitante formule más de una solicitud para una
misma explotación ganadera, se considerará, a efectos de su tramitación, la presentada en
último lugar.
4. U
 na vez finalizado el plazo de solicitud no se admiten modificaciones en las inversiones
propuestas.
5. Con independencia del modo de presentación de la solicitud, éstas se harán acompañar por:
a) Programa de Bioseguridad de la explotación ganadera según modelo normalizado establecido en el anexo III de esta convocatoria y con arreglo a lo establecido en el apartado
1. c) del punto cuarto de la presente resolución.
b) Memoria descriptiva de las inversiones propuestas conforme al modelo normalizado en
anexo II de esta resolución.
c) Factura o facturas proforma suficientemente detallada por partida y precio descompuesto, con arreglo a lo establecido en el punto 1 de artículo 9 de la Orden de 9 de octubre
de 2020.
d) Para las solicitudes que impliquen inversión en cultivos preventivos de mejora de hábitat, se requerirá un informe suscrito por una persona cualificada técnicamente, conforme a lo establecido en el apartado 2, letra b), ordinal 4º, del punto sexto de la presente
resolución.
e) E
 n el caso de darse las circunstancias establecidas en el apartado 3 del punto tercero
de esta resolución, compromiso de repoblación la explotación ganadera con bovino y/o
caprino en un plazo máximo de doce meses desde vacío de la explotación ganadera, que
se asumirá con la cumplimentación de la parte correspondiente del modelo de solicitud
normalizada (anexo I de esta resolución).
f) Compromiso de ejercer la actividad ganadera en la explotación ganadera objeto de ayuda durante al menos cinco años desde la fecha de certificación de la inversión, mediante
la aceptación de los compromisos reflejados en el anexo I de esta resolución.
g) En el caso de las personas jurídicas se estará a lo establecido en el apartado 4 del punto
quinto de la presente resolución.
h) E
 n el caso de entidades sin personalidad jurídica se estará a lo establecido en el apartado 5 del punto cuarto de la presente resolución.