Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063556)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Puesta en riego de 12,045 ha del polígono 18 parcelas 379, 380 y 416", promovido por Félix Caleya Zambrano y otros, en el término municipal de Fuente del Maestre (Badajoz). Expte.: IA21/1826.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022



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6. E
 n todo momento deberá estar regulada la explotación del acuífero para que en ningún caso pueda agotarse o no quede caudal ecológico durante la explotación o una
vez finalizada la extracción.



7. C
 ualquier actuación a realizar en zona de DPH deberá contar con la preceptiva concesión administrativa.



8. L
 os elementos que se utilicen en la construcción de la caseta de riego deberán integrarse en el paisaje y asemejarse a los del entorno. Se evitarán los elementos metálicos y reflectantes en el exterior de la construcción. Se seguirá el modelo de las
construcciones tradicionales de la comarca.



9. E
 l movimiento de tierras será el mínimo imprescindible. Éstos se limitarán a la zona
de obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces, decapados,
nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación. Una vez finalizados los
sondeos se deberán restituir los terrenos.



10. Al finalizar los trabajos se deberá proceder a la retirada de cualquier material no
biodegradable, contaminante o perjudicial para la fauna de la zona, los cuales serán
almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder y entregados a un gestor autorizado para su adecuado tratamiento.



11. L
 os restos y residuos de los trabajos, cuando supongan riesgos para la propagación
de incendios, deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando combustible en la época de riesgos de incendios marcada en la orden anual del Plan INFOEX.



12. S
 i durante la realización de las actividades o durante la fase de funcionamiento se
detectara la presencia o molestias a alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo
de 2001) que pudiera verse afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por
los Agentes del Medio Natural y/o técnicos de la Dirección General de Sostenibilidad, previa comunicación de tal circunstancia.



13. N
 o podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra,
majanos, regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.).



14. D
 eberán cumplirse la totalidad de las directrices y medidas indicadas en la documentación ambiental presentada, a excepción de aquellas que contradigan el presente informe.