Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. (2022050209)
Orden de 16 de noviembre de 2022 por la que se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP) acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el año 2023.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022
57727
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera. Requisito de concurrencia al examen.
La concurrencia al examen objeto de la convocatoria exigirá el cumplimiento del requisito de
haber finalizado con aprovechamiento el curso de formación preceptivo en centro autorizado,
con anterioridad a la terminación del plazo para la práctica de inscripciones de participación
a las pruebas.
Segunda. Inscripciones de participación.
1. L
a solicitud de participación en el correspondiente llamamiento se efectuará por medios
electrónicos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 16/1987, de 30
de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, mediante la inscripción de la persona
interesada a través de la “Aplicación de gestión de cursos para conductores CAP”, puesta
en funcionamiento por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
2. El plazo para la práctica de las inscripciones, en el primer y sucesivos llamamientos, será
de quince días hábiles, a contar desde la fecha que indique, a tal efecto, la resolución de
la Dirección General de Transportes, por la que se determine la fecha, horario y lugar de
realización de las pruebas en cada uno de los llamamientos.
3. L
a participación en la convocatoria, mediante la inscripción a que se refiere el apartado
primero, producirá los siguientes efectos:
a) Supondrá el conocimiento y aceptación de las bases por las que se rige la convocatoria.
b) Conllevará la autorización para la consulta u obtención de documentos que hayan sido
elaborados por cualquier Administración pública, salvo que conste en el procedimiento
su oposición.
Tercera. Documentación adjunta a la inscripción.
1. L
a inscripción de participación deberá ir acompañada, mediante su aportación electrónica
en la “Aplicación de gestión de cursos para conductores CAP”, de un ejemplar para el órgano gestor del justificante de ingreso (modelo 050 Autoliquidación), acreditativo de haber
abonado, a través de cualquier entidad bancaria colaboradora, la cantidad que legalmente
corresponda en concepto de tasa por presentación a cada modalidad a la que se pretenda concurrir, de acuerdo con lo que se determine en la resolución por la que se fijan los
respectivos llamamientos, consignando, entre otros, los siguientes datos en los correspondientes apartados:
Órgano Gestor: Dirección General de Transportes.
Jueves 24 de noviembre de 2022
57727
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera. Requisito de concurrencia al examen.
La concurrencia al examen objeto de la convocatoria exigirá el cumplimiento del requisito de
haber finalizado con aprovechamiento el curso de formación preceptivo en centro autorizado,
con anterioridad a la terminación del plazo para la práctica de inscripciones de participación
a las pruebas.
Segunda. Inscripciones de participación.
1. L
a solicitud de participación en el correspondiente llamamiento se efectuará por medios
electrónicos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 16/1987, de 30
de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, mediante la inscripción de la persona
interesada a través de la “Aplicación de gestión de cursos para conductores CAP”, puesta
en funcionamiento por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
2. El plazo para la práctica de las inscripciones, en el primer y sucesivos llamamientos, será
de quince días hábiles, a contar desde la fecha que indique, a tal efecto, la resolución de
la Dirección General de Transportes, por la que se determine la fecha, horario y lugar de
realización de las pruebas en cada uno de los llamamientos.
3. L
a participación en la convocatoria, mediante la inscripción a que se refiere el apartado
primero, producirá los siguientes efectos:
a) Supondrá el conocimiento y aceptación de las bases por las que se rige la convocatoria.
b) Conllevará la autorización para la consulta u obtención de documentos que hayan sido
elaborados por cualquier Administración pública, salvo que conste en el procedimiento
su oposición.
Tercera. Documentación adjunta a la inscripción.
1. L
a inscripción de participación deberá ir acompañada, mediante su aportación electrónica
en la “Aplicación de gestión de cursos para conductores CAP”, de un ejemplar para el órgano gestor del justificante de ingreso (modelo 050 Autoliquidación), acreditativo de haber
abonado, a través de cualquier entidad bancaria colaboradora, la cantidad que legalmente
corresponda en concepto de tasa por presentación a cada modalidad a la que se pretenda concurrir, de acuerdo con lo que se determine en la resolución por la que se fijan los
respectivos llamamientos, consignando, entre otros, los siguientes datos en los correspondientes apartados:
Órgano Gestor: Dirección General de Transportes.