Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. (2022050209)
Orden de 16 de noviembre de 2022 por la que se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP) acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el año 2023.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022
N.º de código: 16008-1.
Detalle del concepto: Exámenes CAP (conductores).
57728
Detalle de la liquidación: Tasa por la presentación a las pruebas, en la cuantía que se
derive de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 y de la resolución por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En ningún caso, el abono de la cantidad citada, acreditado mediante el correspondiente
justificante de ingreso (modelo 050) en la entidad bancaria, supondrá sustitución del trámite, en tiempo y forma, de la correspondiente inscripción de participación, conforme a lo
dispuesto con anterioridad.
2. L
a comprobación o constancia de los datos de identidad personal de las personas solicitantes se realizará de oficio por el órgano instructor mediante los Servicios de Verificación
y Consulta de Datos de Identidad (SVDI), siempre que no conste en el procedimiento la
oposición del interesado.
Si constara en el procedimiento la oposición del interesado, o, excepcionalmente, si la
Administración no pudiera recabar tales datos, aquél aportará en el trámite de inscripción
de participación, o podrá ser requerido a aportar, una copia de su Documento Nacional de
Identidad, o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de extranjero
residente en territorio español, expedido por las autoridades españolas de conformidad
con lo establecido en la normativa vigente.
3. L
a Dirección General de Transportes comprobará de oficio el cumplimiento por los aspirantes del requisito de haber superado previamente el curso preceptivo de formación, mediante consulta a la sección correspondiente del Registro General de Empresas y Actividades
de Transporte.
Cuarta. Admisión de inscripciones de participación.
1. L
a omisión de cualquiera de los datos exigidos en la inscripción de participación o la falta de
documentos y justificantes requeridos será causa de la exclusión provisional del aspirante.
2. Transcurrido el plazo de práctica de inscripciones, la lista provisional de admitidos y excluidos se publicará en la siguiente página web de la Junta de Extremadura en Internet:
https://www.juntaex.es/w/0607922?inheritRedirect=true
En la relación de aspirantes excluidos se expresará la causa de dicha exclusión.
Jueves 24 de noviembre de 2022
N.º de código: 16008-1.
Detalle del concepto: Exámenes CAP (conductores).
57728
Detalle de la liquidación: Tasa por la presentación a las pruebas, en la cuantía que se
derive de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 y de la resolución por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En ningún caso, el abono de la cantidad citada, acreditado mediante el correspondiente
justificante de ingreso (modelo 050) en la entidad bancaria, supondrá sustitución del trámite, en tiempo y forma, de la correspondiente inscripción de participación, conforme a lo
dispuesto con anterioridad.
2. L
a comprobación o constancia de los datos de identidad personal de las personas solicitantes se realizará de oficio por el órgano instructor mediante los Servicios de Verificación
y Consulta de Datos de Identidad (SVDI), siempre que no conste en el procedimiento la
oposición del interesado.
Si constara en el procedimiento la oposición del interesado, o, excepcionalmente, si la
Administración no pudiera recabar tales datos, aquél aportará en el trámite de inscripción
de participación, o podrá ser requerido a aportar, una copia de su Documento Nacional de
Identidad, o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de extranjero
residente en territorio español, expedido por las autoridades españolas de conformidad
con lo establecido en la normativa vigente.
3. L
a Dirección General de Transportes comprobará de oficio el cumplimiento por los aspirantes del requisito de haber superado previamente el curso preceptivo de formación, mediante consulta a la sección correspondiente del Registro General de Empresas y Actividades
de Transporte.
Cuarta. Admisión de inscripciones de participación.
1. L
a omisión de cualquiera de los datos exigidos en la inscripción de participación o la falta de
documentos y justificantes requeridos será causa de la exclusión provisional del aspirante.
2. Transcurrido el plazo de práctica de inscripciones, la lista provisional de admitidos y excluidos se publicará en la siguiente página web de la Junta de Extremadura en Internet:
https://www.juntaex.es/w/0607922?inheritRedirect=true
En la relación de aspirantes excluidos se expresará la causa de dicha exclusión.