Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Víctimas Del Terrorismo. (2022040205)
Decreto 137/2022, de 16 de noviembre, por el que se regulan las distinciones honoríficas a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su procedimiento de concesión, y se modifica el Decreto 187/2010, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos populares de Extremadura.
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NÚMERO 224
Martes 22 de noviembre de 2022

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La presentación de documentación también podrá hacerse conforme a lo previsto en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
2. E
 l plazo para la presentación de solicitudes comenzará el 1 de enero y terminará el 20 de
febrero de cada año natural. Las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo se tendrán
en consideración para las condecoraciones a otorgar en el año siguiente.
Artículo 12. Instrucción.
1. E
 l órgano competente para la instrucción del procedimiento será el órgano competente en
materia de víctimas de terrorismo de la Junta de Extremadura.
2. I niciado el expediente, podrán requerirse cuantos informes, datos o documentación se
consideren convenientes para ilustrar el informe-propuesta que haya de elevar a la persona
titular del órgano competente para resolver.
Artículo 13. Finalización.
1. L
 a persona titular del órgano competente en materia de víctimas de terrorismo, a la vista
del informe-propuesta presentado, dictará resolución de concesión que se publicará en el
Diario Oficial de Extremadura.
2. L
 as resoluciones de concesión dictadas y publicadas se inscribirán, en el Libro Registro de
Condecoraciones a víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. E
 n el supuesto de que no se reuniesen los requisitos o no concurrieran las circunstancias
previstas para la imposición de las condecoraciones contempladas en el presente decreto,
el procedimiento finalizará mediante resolución denegatoria de la concesión solicitada, que
será notificada a las interesadas de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administración Públicas.
Artículo 14. Plazo máximo de resolución y publicación.
El plazo máximo para la resolución del procedimiento de concesión y para la publicación o, en
su caso, notificación de la correspondiente resolución, será de tres meses a contar desde el
día en que tuvo entrada la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.
Artículo 15. De la publicación oficial.
La concesión de las Medallas a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y se inscribirá en el Libro Registro
creado al efecto.