Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Víctimas Del Terrorismo. (2022040205)
Decreto 137/2022, de 16 de noviembre, por el que se regulan las distinciones honoríficas a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su procedimiento de concesión, y se modifica el Decreto 187/2010, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos populares de Extremadura.
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NÚMERO 224
Martes 22 de noviembre de 2022

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2. L
 as solicitudes presentadas fuera de dicho plazo, se tendrán en consideración para las condecoraciones o distinciones a otorgar en el año siguiente.
Artículo 20. De la Comisión de Evaluación.
1. P
 ara la concesión de la Medallas a la defensa de las víctimas de terrorismo de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, regulada en este decreto, se crea una Comisión de Evaluación
que estará compuesta por las siguientes personas:
Presidencia:
— La persona titular de la Secretaría General competente en materia de víctimas de
terrorismo.
Vocalías:
— La persona titular de la Jefatura de Servicio que ostente las competencias en materia de
víctimas de terrorismo.
— La persona representante de cada una de las Asociaciones de Víctimas de Terrorismo con
sede social, delegación o representación en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Secretaría:
— Personal funcionario del órgano competente en materia de víctimas de terrorismo de la
Junta de terrorismo, que actuará con voz y voto.
La Comisión de Evaluación se ajustará al artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre hombres y mujeres y contra la violencia de género en Extremadura, siendo
paritaria su composición.
2. D
 e considerarlo necesario, la Comisión de Evaluación podrá reclamar o solicitar todo tipo
de información complementaria que precise.
Artículo 21. Del órgano competente para resolver.
Recibidas las peticiones y una vez analizadas y estudiadas, la Comisión de Evaluación elevará
la propuesta a la persona titular del órgano competente en materia de víctimas de terrorismo
de la Junta de Extremadura quien resolverá.
Artículo 22. De la concesión desierta.
En el supuesto de que las destinatarias propuestas no reuniesen los requisitos o no tuviesen
lugar las causas y circunstancias necesarias para otorgar el reconocimiento solicitado, la Co-