Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063456)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuya titular es Los Charcones Carmonita, SL, en los términos municipales de Mérida y de Carmonita.
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Viernes 18 de noviembre de 2022

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gestión de estos residuos agroganaderos, la instalación deberá disponer de un Libro de
Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación Agrícola de los estiércoles, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 158/1999, de 14 de septiembre, de regulación zootécnico-sanitaria de las explotaciones porcinas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo porcino se
estima en 2.113,7 m3/año de purines, que suponen unos 6.616,8 kg de nitrógeno/año;
calculados en base a los factores recogidos en el anexo IV del Decreto 158/1999. Todas
las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de
Gestión de Estiércoles.
2. E
 l complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de
los estiércoles sólidos, estiércoles licuados y las aguas de limpieza, generados en las naves
de secuestro, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales
y subterráneas, con tamaño adecuado para la retención de la producción de al menos 3
meses, que permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la
explotación porcina deberá disponer de una capacidad total mínima de retención de estiércoles licuados, sólidos, aguas de limpieza y lixiviados del estercolero de 183,8 m3, volumen
que el complejo porcino justifica mediante la existencia de dos fosas de hormigón con una
capacidad de almacenamiento de 83 y 144 m3 y dos estercoleros de 30 y 105 m3.
3. El diseño y la construcción de las fosas deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas/balsas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y
carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten
molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
• La fosa tendrá las siguientes características constructivas:


–S
 e ejecutará en hormigón armado.



– I mpermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.



–C
 uneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.



–T
 alud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.



–C
 erramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.