Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063456)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuya titular es Los Charcones Carmonita, SL, en los términos municipales de Mérida y de Carmonita.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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La frecuencia de vaciado de las fosas/balsas ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como
máximo deberán vaciarse, momento que se aprovechará para la comprobación del estado
de la instalación, arreglando cualquier deficiencia en caso de una evaluación desfavorable
de la misma. El volumen retirado será tratado y gestionado mediante la aplicación del mismo como abono orgánico.
4. La explotación porcina dispondrá de dos estercoleros ubicados en una zona protegida de los
vientos con una capacidad de 30 y 105 m3. Esta infraestructura consistirá en una superficie
estanca e impermeable, con sistema de recogida de lixiviados conectado a fosa de purines.
Se deberán cubrir los estercoleros mediante la construcción de un cobertizo o una cubierta
flexible (plástico), impidiendo de este modo el acceso de pluviales al interior del cubeto. El
estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
5. E
 n la aplicación de los estiércoles sólidos y licuados como abono orgánico en superficies
agrícolas, se tendrán en cuenta las siguientes limitaciones:
La aplicación total de kilogramos de nitrógeno por hectárea y año (kg N/ha × año) será inferior a 170 kg N/ha × año en regadío, y a 80 kg N/ha × año en cultivos de secano. Las aplicaciones se fraccionarán de forma que no se superen los 45 kg N/ha por aplicación en secano y
los 85 kg N/ha en regadío. Para los cálculos se tendrán en cuenta, tanto las aportaciones de
purines y estiércoles sólidos de porcino, como otros aportes de nitrógeno en la finca (estiércol
procedente de ganado distinto del porcino, fertilizantes con contenido en nitrógeno).
No se harán aplicaciones sobre suelo desnudo, se buscarán los momentos de máxima necesidad del cultivo, no se realizarán aplicaciones en suelos con pendientes superiores al 10%,
ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar ni cuando el tiempo amenace lluvia.
No se aplicará de forma que causen olores u otras molestias a los vecinos, debiendo para ello
enterrarse, si el estado del cultivo lo permite, en un periodo inferior a 24 horas. La aplicación
de purín en las superficies agrícolas no podrá realizarse mediante sistemas de plato o abanico ni cañones, salvo excepciones justificadas y previa autorización expresa por parte de la
autoridad competente.
Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de agua, no
se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua para
el consumo humano, ni tampoco si dicho agua se utiliza en naves de ordeño. La distancia
mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de 1.000
metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.