Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063425)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación porcina en régimen intensivo, cuyo promotor es Manuel Jesús Ortiz Díaz, en el término municipal de Campanario.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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8. Los residuos generados durante la fase de construcción - adaptación se deberán separar adecuadamente y serán gestionados conforme a lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos
de construcción y demolición, y por el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que
se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de
construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
9. A
 l finalizar los trabajos se llevará a cabo una limpieza general de todos aquellos restos
generados durante la construcción de las instalaciones y se realizará la restauración
ambiental de la zona aprovechando el substrato edáfico retirado antes del comienzo de
las obras.
10. En el caso que las instalaciones dispongan de alumbrado nocturno, éste se situará en
puntos bajos y dirigido hacia el suelo (apantallado) y utilizando preferentemente luminarias tipo LED.
11. Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los
trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes.
• Medidas en la fase de funcionamiento.
1. Tratamiento y gestión del estiércol. Para el control del programa de gestión de purines o
estiércol la explotación deberá disponer de un “Libro de Registro de Gestión de Estiércoles” que recoja de forma detallada los volúmenes extraídos y el destino de cada partida.
En el caso de que se eliminen como abono orgánico se dispondrá, además, de un “Plan
de Aplicación Agrícola” de los estiércoles, en el que conste, por años, la producción de
estiércoles o purines, su contenido en nitrógeno, así como las parcelas donde se aplica,
qué se cultiva y en qué momento se realizan las aplicaciones. La aplicación agrícola se
realizará cumpliendo las siguientes condiciones:


–S
 e evitará abonar con purines las superficies pobladas de quercíneas afectadas por la
enfermedad de “la seca” causada por el hongo Phytophthora.



– La aplicación total de nitrógeno / ha y año será inferior a 80 Kg en cultivos de secano y 170 Kg en regadío. Para los cálculos se tendrán en cuenta todos los aportes
de nitrógeno en la finca (purines o estiércol procedente de ganado, fertilizantes con
contenido en nitrógeno, etc.).