Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063425)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación porcina en régimen intensivo, cuyo promotor es Manuel Jesús Ortiz Díaz, en el término municipal de Campanario.
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NÚMERO 222
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Viernes 18 de noviembre de 2022
– Se buscarán los momentos de máximas necesidades de los cultivos. No se harán en suelos con pendientes superiores al 10%, ni en suelos inundados o encharcados, ni antes
de regar, ni cuando el tiempo sea lluvioso. Se dejará sin abonar una franja de 100 m de
ancho alrededor de todos los cursos de agua. No se aplicarán a menos de 300 m de una
fuente, pozo o embalse que suministre agua para el consumo humano. No se aplicará
de forma que cause olores u otras molestias a los vecinos. La distancia mínima para la
aplicación del purín sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de 1.000 m.
– Se dispondrán las medidas necesarias para evitar fenómenos de lixiviación y arrastre
a cursos de agua. Bajo ningún concepto se procederá al vertido directo de purines a
cauces públicos.
– Inicialmente, para el desarrollo del Plan de Aplicación Agrícola se dispone de las siguientes parcelas:
TERMINO MUNICIPAL
POLÍGONO
PARCELA
SUPERFICIE (Has)
Campanario
17
273
2,482
Campanario
17
274
0,216
Campanario
17
218
1,237
Campanario
19
154
25,06
Castuera
14
1
59,54
Campanario
11
282
0,0562
Campanario
13
168
0,9782
Campanario
13
169
0,5001
Campanario
13
579
0,7499
Campanario
13
580
0,6751
Campanario
13
581
0,1964
Campanario
13
582
0,1369
2. Tratamiento y gestión de otros residuos y subproductos animales. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido
en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular. La gestión de residuos deberá ser realizada por empresas que estén registradas
conforme a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril.
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Viernes 18 de noviembre de 2022
– Se buscarán los momentos de máximas necesidades de los cultivos. No se harán en suelos con pendientes superiores al 10%, ni en suelos inundados o encharcados, ni antes
de regar, ni cuando el tiempo sea lluvioso. Se dejará sin abonar una franja de 100 m de
ancho alrededor de todos los cursos de agua. No se aplicarán a menos de 300 m de una
fuente, pozo o embalse que suministre agua para el consumo humano. No se aplicará
de forma que cause olores u otras molestias a los vecinos. La distancia mínima para la
aplicación del purín sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de 1.000 m.
– Se dispondrán las medidas necesarias para evitar fenómenos de lixiviación y arrastre
a cursos de agua. Bajo ningún concepto se procederá al vertido directo de purines a
cauces públicos.
– Inicialmente, para el desarrollo del Plan de Aplicación Agrícola se dispone de las siguientes parcelas:
TERMINO MUNICIPAL
POLÍGONO
PARCELA
SUPERFICIE (Has)
Campanario
17
273
2,482
Campanario
17
274
0,216
Campanario
17
218
1,237
Campanario
19
154
25,06
Castuera
14
1
59,54
Campanario
11
282
0,0562
Campanario
13
168
0,9782
Campanario
13
169
0,5001
Campanario
13
579
0,7499
Campanario
13
580
0,6751
Campanario
13
581
0,1964
Campanario
13
582
0,1369
2. Tratamiento y gestión de otros residuos y subproductos animales. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido
en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular. La gestión de residuos deberá ser realizada por empresas que estén registradas
conforme a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril.