Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063425)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación porcina en régimen intensivo, cuyo promotor es Manuel Jesús Ortiz Díaz, en el término municipal de Campanario.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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2. Las naves de secuestro y lazareto deberán contar con solera de hormigón y red de saneamiento para la recogida de purines y aguas de limpieza.
3. A
 decuar las edificaciones e instalaciones auxiliares al entorno rural en el que se ubican.
Los acabados exteriores se realizarán con tonos y colores que se integren y no destaquen en el entorno. En cualquiera de los elementos constructivos e instalaciones auxiliares no deben utilizarse tonos llamativos o brillantes.
4. La explotación porcina dispondrá de un sistema estanco para la recogida y almacenamiento de los purines y de las aguas de limpieza generadas en las naves de secuestro,
lazareto y estercolero, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas
superficiales y subterráneas. Para ello, dispondrá de red de saneamiento mediante tuberías, y fosa y deberá contar con capacidad suficiente para almacenar la producción
de, al menos, tres meses de purines. La fosa de purines será de hormigón y abiertas,
dispondrá de impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de
infiltraciones, cuneta en todo su perímetro que evite el acceso de las aguas de escorrentía, talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía y
cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.
La frecuencia de vaciado de la fosa de purines será siempre antes de superar los 2/3 de
su capacidad. En el caso de detectarse productos químicos (desinfectantes), el vertido
final almacenado será entregado a un gestor de residuos autorizado por el organismo
competente, y para el caso que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final
será empleado como fertilizante orgánico.
5. L
 a explotación porcina dispondrá de un estercolero impermeable, ejecutado en hormigón y con tratamiento impermeabilizante, con capacidad suficiente para almacenar la
producción de, al menos, 15 días de estiércoles sólidos. El estercolero se deberá vaciar
antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia. Se realizará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a una de las fosas de purines
para su recogida. El estercolero se cubrirá mediante la construcción de un cobertizo o
mediante una cubierta flexible (plástico) que impida el acceso de pluviales a su interior.
6. Las pluviales recogidas en la cubierta de las naves y lazaretos verterán directamente
al terreno, debiéndose evitar que entren en contacto con las deyecciones animales. Se
dispondrán las medidas necesarias para evitar fenómenos de lixiviación y arrastre de
deyecciones.
7. Las aguas residuales generadas en los aseos serán almacenadas en una fosa séptica
estanca (diferente a las fosas de purines) y se gestionarán por empresa autorizada.