Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063473)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Transportes Urbanos de Badajoz, SA".
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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Para la adopción de acuerdos válidos será necesario el voto favorable mayoritario de cada una
de las dos representaciones.
Su domicilio será el de la empresa y desarrollará las siguientes funciones:
1.º Interpretación del Convenio colectivo.
2.º A requerimiento de las partes, deberá mediar o arbitrar, en el tratamiento y solución
de cuantas cuestiones y conflictos de carácter colectivo puedan suscitarse en el ámbito
de aplicación del presente convenio colectivo.
3.º Podrá realizar tareas de vigilancia del cumplimiento de lo pactado, y muy especialmente de las estipulaciones obligacionales insertas en el Convenio.
4.º E
 ntender, de forma previa y obligatoria a la vía administrativa y jurisdiccional, en
relación con los conflictos colectivos que puedan ser interpuestos, por quienes están
legitimados para ello con respecto a la aplicación e interpretación de los preceptos derivados del presente convenio colectivo.
5.º Resolver cualquier discrepancia que pueda surgir en materia de inaplicación de las
condiciones establecidas en el presente convenio conforme al artículo 82.3 del Estatuto
de los Trabajadores. Estas discrepancias serán planteadas mediante escrito motivado y
razonado a esta comisión, quien resolverá en el plazo de siete días hábiles.
Artículo 22. Presupuesto de validez del convenio: Todas y cada una de las estipulaciones
de este convenio constituyen un todo indivisible e inalterable de suerte que las ausencias de
consenso en algún punto esencial comportan la nulidad del convenio en conjunto.
Artículo 23. Control ordinario: Diariamente, al finalizar la jornada laboral cada trabajador/a
deberá presentar la hoja diaria de ruta y liquidación de billetaje ordinario y manual con sus
matrices, y la Empresa entregará a cada trabajador/a un comprobante de la liquidación diaria.
Artículo 24. Permisos: Todo el personal afectado por este convenio tendrá derecho a disfrutar licencias con sueldo, previo aviso y justificación en los supuestos y extensión que a
continuación se señalan:
a) Por matrimonio o uniones de hecho legalmente constituidas: 15 días naturales.
b) Por nacimiento de hijo: 4 días naturales.
c) En grado tanto de consanguinidad como de afinidad, por fallecimiento de familiares de
primer grado, por enfermedad grave que requiera hospitalización, del cónyuge o pareja