Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063473)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Transportes Urbanos de Badajoz, SA".
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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de hecho, ascendiente o descendiente: 3 días naturales. Cuando por tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de 4 días naturales.
d) Por muerte de hermano o familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad: 3 días
naturales. Por la muerte de parientes de segundo grado de consanguinidad o afinidad: 2
días naturales. Cunado por tal motivo el trabajadore necesite hacer un desplazamiento
al efecto, el plazo será de 4 días naturales, en ambos grados.
e) Por necesidad de atender personalmente asuntos propios que no admitan demora, un
máximo de cuatro días no continuados al año, siempre que lo solicite con 48 horas de
antelación y cuyas fechas de disfrute no hayan sido solicitados previamente por algún
otro trabajador, sin justificación.
f) Por cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público impuesto por las normas
legales vigentes: el tiempo indispensable.
g) En caso de consulta médica: el tiempo necesario para la consulta.
h) E
 n caso de permiso por lactancia: sin perjuicio de lo que establezca la normativa, se
regula, en virtud del artículo 37.4 del E.T., la cuantificación de la acumulación de jornadas completas en permisos por lactancia, acordando ambas parte su tasación en 14
días naturales ininterrumpidos, que serán a continuación de la finalización del permiso
de maternidad.
Los permisos retribuidos previstos en el artículo 37 del Estatuto de las personas trabajadoras,
podrán ser ampliados hasta el doble de los días previstos en el mismo. Esta ampliación será
sin derecho a retribución por parte de la persona trabajadora y deberá anunciarla previamente al disfrute de los días retribuidos.
En caso de necesidad de ampliación se estudiará el caso entre el Comité de Empresa y la
Empresa.
Aumento a dos días por traslado de domicilio y establecimiento de un día de permiso por bautizo y comunión de hijos y nietos.
En cuanto al permiso de quince días por matrimonio que otorga el Estatuto de las personas
trabajadoras, se admite el disfrute de este permiso, o el que en su momento se establezca, a
las parejas de hecho, con las siguientes limitaciones:
— La persona trabajadora habrá de demostrar convivencia conyugal bajo el mismo techo
durante un período continuado e inmediatamente anterior de cuatro años.