Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063473)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Transportes Urbanos de Badajoz, SA".
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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uniforme para el personal de movimiento. Cada dos temporadas de invierno se les entregará a estas personas trabajadoras un pantalón, dos camisas, un suéter y una cazadora;
mencionadas prendas serán entregadas en el mes de octubre.
Así mismo se establece que las fechas de utilización de la corbata para los conductores e
inspectores, será desde el 1 de noviembre al 31 de marzo, ambos inclusive.
B) Personal de no movimiento (de taller). Se establece la entrega en verano de dos camisas
y dos pantalones y en invierno de dos buzos y un chaleco al año. El calzado adecuado al
trabajo se entregará para dos temporadas; suministrándose estas prendas en los meses
de marzo y octubre.
Al fin de compensar los gastos de limpieza y conservación, en los que incurren mecánicos,
inspectores y lavacoches, de las prendas de uniforme entregadas, estos recibirán la cantidad
mensual que figura en las tablas salariales anuales anexas (compensación gastos limpieza y
conservación uniforme).
Artículo 27. Nocturnidad: Se establece un plus de nocturnidad para todas las personas trabajadoras que realicen horas de trabajo efectivo entre las 22:00 horas y las 06:00 horas, que
consistirá en una cuantía fijada en las tablas salariales anuales anexas. No serán susceptibles
de este incremento las horas que se abonen con el plus de feria.
Artículo 28. Seguridad y Salud. Las partes firmantes del presente Convenio Colectivo se
comprometen al desarrollo de la Seguridad y Salud en el trabajo, al amparo de los establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y a las modificaciones que, en su caso, se
pudieran producir, con el objetivo de lograr integrar la seguridad y salud laboral en el sistema
productivo, reducir la siniestralidad laboral, mejorar las condiciones de trabajo y concienciar
a todas las partes.
La vigilancia de la salud, la protección de las personas trabajadoras especialmente sensibles,
la protección de la maternidad y lactancia natural, la evaluación y eliminación de los Riesgos
Psicosociales, la lucha contra las drogodependencias, la eliminación y lucha contra el acoso
laboral serán materias de especial control, relevancia y énfasis dentro del Comité de Seguridad y Salud.
Artículo 29. Medio Ambiente: Las partes se comprometen a que la prevención de riesgos
laborales y la protección del medio ambiente sean aspectos inseparables de la actuación
cotidiana de la empresa y personas trabajadoras/as adscritos al presente Convenio. Por lo
tanto, deberán desarrollarse programas encaminados al ahorro energético, consumo de agua,
reducción de contaminantes atmosféricos y reciclado de residuos.