Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transportes. Ayudas. (2022063513)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de las ayudas de mínimis destinadas a promover, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la sostenibilidad económica de las empresas de transporte público afectadas por el encarecimiento del precio de los carburantes para el año 2022.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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ropeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos).
Séptimo. Forma y plazo de presentación de la solicitud.
1. Se declara abierto el plazo de presentación de solicitudes destinadas a la participación en
la convocatoria, que comprenderá, desde el día siguiente al de la publicación simultánea
en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) de la presente resolución y del
extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, hasta el día 30 de noviembre de 2022.
Únicamente podrá formularse una solicitud por empresa de transporte. En el supuesto de
que se presentara más de una por la misma interesada, sólo podrá tramitarse la primera
petición formulada, con inadmisión de las posteriores.
El modelo de solicitud, que únicamente podrá cumplimentarse de forma telemática, de conformidad con lo dispuesto en el punto siguiente, se incorpora como anexo a la presente resolución.
2. Las solicitudes podrán formularse dentro del plazo indicado en el punto 1 y se presentarán
de forma telemática a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de
Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE), en el punto de acceso “Trámites y Servicios”,
subapartado “Trámites”, en el que el modelo normalizado de solicitud estará a disposición
de las personas interesadas.
Al presentarse de esta forma, la documentación que se requiera deberá ser digitalizada y
presentada junto con la solicitud como archivos anexos a la misma.
Para las personas físicas, con el fin de validar y segurizar su acceso al portal de sede electrónica, se requerirá el uso de DNI electrónico o certificado digital FNMT de persona física. En
caso de no disponer de ellos, podrán obtenerse en las direcciones electrónicas siguientes:


https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRFI_Cons02.action?pag=REF_009 , y



http://www.cert.fnmt-es/

Si se actúa como representante, deberá realizarse previamente la inscripción en el Registro electrónico de representantes de la Junta de Extremadura. Dicha representación se
tramitará por sede electrónica o bien se otorgará mediante comparecencia ante los funcionarios de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía.
3. No obstante lo anterior, en el caso de que, abierto el plazo de presentación de solicitudes, no
estuviesen habilitados por la Administración el acceso y los medios tecnológicos necesarios,