Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transportes. Ayudas. (2022063513)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de las ayudas de mínimis destinadas a promover, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la sostenibilidad económica de las empresas de transporte público afectadas por el encarecimiento del precio de los carburantes para el año 2022.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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2. Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento
de los fondos.
3. El periodo de elegibilidad de las actuaciones se iniciará en la fecha de registro de la solicitud
de ayuda.
4. El procedimiento de concesión estará integrado por los siguientes actos de trámite:
A. Presentación de la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el apartado séptimo.
B. La evaluación de solicitudes, que tendrá por objeto verificar el cumplimiento por los solicitantes de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario de la subvención. El órgano instructor podrá solicitar cuantos informes estime necesarios para resolver.
C. La formulación por el órgano instructor de la propuesta de resolución de concesión, debidamente motivada. Dada la situación subvencionable que fundamenta la concesión de
la ayuda, se prescindirá del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento
ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos, ni otras alegaciones y pruebas,
que las aducidas por los interesados.
D. La formulación por el órgano instructor de la propuesta de resolución definitiva de concesión, una vez, en su caso, examinadas las alegaciones aducidas por los interesados.
E. El órgano instructor emitirá informe en el que se deje constancia, a partir de la información que obra en su poder, del cumplimiento, por las personas propuestas como
beneficiarias, de los requisitos necesarios para acceder a la subvención.
Sexto. Utilización de medios electrónicos.
1. El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará por medios electrónicos, en la
forma que se describe:
a) La solicitud se cumplimentará a través del punto de acceso electrónico de “Trámites y
Servicios” (https://sede.gobex.es/SEDE), subapartado “Trámites”, debiendo observarse
lo dispuesto en el apartado séptimo.
b) Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos mediante la comparecencia de
la persona interesada en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura


(https://sede.gobex.es/SEDE/), observándose lo dispuesto en el apartado decimotercero.

2. E
 n todo caso, la gestión y operativa propia de la tramitación electrónica se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Eu-