Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063274)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, MP para la regulación del Instituto de Arqueología-Mérida (IAM).
33 páginas totales
Página
NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

56329

Los anteriores responsables quedarán obligados al cumplimiento de las determinaciones
establecidas en la legislación vigente y a aplicar las medidas técnicas y de seguridad que
ésta establezca.
3. E
 l Instituto no cederá a terceros los datos personales de los que sea responsable, salvo
requerimiento legal, quedando obligado a dar un uso debido a los datos personales que
obtenga como consecuencia del desarrollo del presente convenio.
No obstante, el Instituto podrá encargar el tratamiento de datos a un tercero que reúna
las garantías establecidas en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679, Reglamento
General de Protección de Datos, previa formalización de contrato o acto jurídico vinculante
que cumpla las estipulaciones mínimas allí establecidas.
El encargado del tratamiento no recurrirá a otro encargado sin la autorización previa por
escrito, específica o general, del Instituto.
4. E
 l ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad, limitación o retirada del consentimiento se ejercerá frente al Instituto, que deberá designar
un punto de contacto al respecto, así como frente al Delegado de Protección de Datos, que
podrá ser el propio de cada institución cotitular que decida sobre la finalidad, uso y tratamiento de los datos personales de que se trate.
No obstante, cuando dos o más instituciones determinen conjuntamente los objetivos y los
medios del tratamiento serán considerados corresponsables del tratamiento, resultando aplicable lo previsto en el artículo 26 del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de
Datos y demás normativa aplicable.
CAPÍTULO VII
Gestión económica y presupuesto del instituto
Vigésima. Presupuesto del instituto.
1. L
 as partes contribuirán financieramente, de acuerdo con su normativa presupuestaria y
disponibilidad de fondos, al presupuesto del Instituto que apruebe anualmente la Comisión
Rectora a fin de promover su sostenibilidad y el cumplimiento de los objetivos que se detallan en la cláusula segunda de este convenio.
2. E
 l presupuesto será el documento único, comprensivo de todos los gastos e ingresos relacionados con el funcionamiento y el desarrollo de la actividad del Instituto, que servirá
como mecanismo de control de la actividad económica del mismo, suponiendo un límite
para su capacidad de gasto, excepto cuando se trate de gastos que se ejecuten con financiación afectada a su realización.