Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063274)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, MP para la regulación del Instituto de Arqueología-Mérida (IAM).
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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La institución cotitular que, según los criterios del párrafo anterior, tuviera mayor responsabilidad, será la competente para la gestión del procedimiento administrativo.
4. L
 as instituciones cotitulares serán responsables del cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales en el Instituto y, en concreto, del Real Decreto
171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8
de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
Decimosegunda. Régimen de uso del equipamiento y la infraestructura científica y
técnica del instituto.
1. E
 l equipamiento, la infraestructura científica y técnica y los bienes muebles de uso ordinario que, de conformidad con la cláusula sexta, se encuentre adscrita al Instituto, quedará
afectada a la consecución de los objetivos del mismo durante el periodo de vigencia del
convenio y a disposición de su personal en los términos previstos en esta cláusula. Todo
ello sin perjuicio de que, con carácter general, se respete su asignación inicial y ubicación
en los grupos y departamentos que hubieran obtenido la financiación con cargo a la que se
hubieran adquirido.
2. L
 a Junta, a propuesta de la Dirección y oído del Claustro Científico, aprobará las normas
de acceso y uso a las infraestructuras y equipamiento científico del Instituto, pudiendo
acordarse su organización en unidades de servicio científico-técnicas a disposición de todo
el Instituto.
En cualquier caso, el personal adscrito al Instituto tendrá acceso a las infraestructuras y al
equipamiento científico que las partes aporten o adscriban al mismo, en las mismas condiciones que cada una de ellas establezca para su propio personal.
3. C
 uando existan acuerdos de licencia de software en los que se limite explícitamente su
uso al personal propio de la parte licenciataria, se tendrán en cuenta dichas limitaciones a
la hora de permitir el acceso y uso a dicho software al personal de la otra u otras partes.
CAPÍTULO V
Planificación, gestión y difusión de la actividad científica
Decimotercera. Plan estratégico plurianual.
1. L
 os objetivos que el Instituto se propone alcanzar en relación con las líneas o áreas de
investigación, los indicadores de cumplimiento de los mismos, y los recursos de los que
va a disponer, constituyen el Plan Estratégico plurianual, del que la Dirección informará a