Consejería De Educación Y Empleo. Idiomas. Subvenciones. (2022063485)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, sobre convocatoria de las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023.
17 páginas totales
Página
NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

56394

4. L
 os datos de identidad del beneficiario se consultarán de oficio por el órgano instructor, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que se formule oposición expresa en el apartado incluido a estos efectos en la solicitud, en cuyo caso
deberá presentar la documentación acreditativa oportuna.
5. A
 la solicitud se acompañará documento original de “Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, referido a la cuenta bancaria en que desee que se le ingrese la ayuda, debiendo figurar el beneficiario como titular en el número de cuenta que se relaciona en la
documentación del alta de terceros. No obstante, en el caso de encontrarse dado de alta,
deberán reflejar los veinte dígitos de la cuenta bancaria en el anexo I.
6. E
 l plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes se iniciará con fecha 1 de octubre hasta el 31 de mayo del curso académico al que se refiere la
convocatoria.
7. D
 e conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de la ley 39/2015, de 1 de octubre
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados,
tras completar la solicitud en la plataforma y, posteriormente, imprimirla o descargarla,
podrán optar entre las siguientes formas para proceder a su presentación:
— En las oficinas de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido por Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, en su artículo 7, así como en cualquiera de los lugares
establecidos 7, así como en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una
oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada
antes de ser certificada.
— A través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf) o en cualquiera
de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4. a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De presentarse por vía telemática en el Registro Electrónico General de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura los solicitantes deberán disponer de certificado electrónico en vigor o DNI electrónico para la autenticación y firma electrónica de la solicitud.


De no disponer de ellos, pueden obtenerlo en las siguientes direcciones:



http://www.cert.fnmt.es/