Consejería De Educación Y Empleo. Idiomas. Subvenciones. (2022063485)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, sobre convocatoria de las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022
56391
f) Las personas auxiliares de conversación deberán desempeñar con diligencia las siguientes tareas bajo la coordinación y supervisión del profesorado titular de la lengua extranjera correspondiente y, sin perjuicio de poder desempeñar sus funciones en las
enseñanzas no bilingües impartidas en el centro:
1º. A
sistir al profesorado que imparte el área, materia o módulo profesional de Lengua
Extranjera en el desarrollo de actividades de enseñanza-aprendizaje que contribuyan a la adquisición de la competencia lingüística en lengua extranjera.
2º. A
sistir al profesorado que imparte las asignaturas no lingüísticas en lengua extranjera, pudiendo incluirse en esta labor la actualización lingüística del profesorado.
3º. D
esarrollar actividades culturales que faciliten el conocimiento de aspectos tales
como la geografía, economía, costumbres, estilos de vida y temas de actualidad de
sus países de origen.
4º. C
olaborar con el equipo docente en la elaboración y adecuación de materiales didácticos y trabajar con él de forma coordinada.
5º. C
olaborar en la creación de un ambiente plurilingüe e intercultural en el centro.
6º. P
roporcionar la información objetiva que sobre la evolución del aprendizaje del
alumnado le sea solicitada por el profesorado responsable del área, materia o módulo correspondiente.
7º. P
articipar, a requerimiento de la dirección del centro educativo, en la propuesta, organización y realización de actividades complementarias y extraescolares que tengan que ver con el conocimiento de la diversidad lingüística y cultural. Dado que la
persona auxiliar no puede tener responsabilidad directa alguna sobre el alumnado,
en ningún momento ejercerá la labor correspondiente al profesorado acompañante
ni sustituirá a este.
8º. L
levar a cabo cualquier otra actividad relacionada con la lengua extranjera objeto
de estudio, que le sea encomendada por la Consejería con competencias en materia
de educación.
g) Comunicar a la dirección o a la jefatura de estudios del centro con la anticipación suficiente o a la mayor brevedad posible cualquier incidencia en relación a sus obligaciones.
h) P
resentar en el momento de la incorporación en el centro educativo un certificado negativo de delitos de naturaleza sexual expedido por el registro de delincuentes sexuales
o por el registro de penados de su país.
Jueves 17 de noviembre de 2022
56391
f) Las personas auxiliares de conversación deberán desempeñar con diligencia las siguientes tareas bajo la coordinación y supervisión del profesorado titular de la lengua extranjera correspondiente y, sin perjuicio de poder desempeñar sus funciones en las
enseñanzas no bilingües impartidas en el centro:
1º. A
sistir al profesorado que imparte el área, materia o módulo profesional de Lengua
Extranjera en el desarrollo de actividades de enseñanza-aprendizaje que contribuyan a la adquisición de la competencia lingüística en lengua extranjera.
2º. A
sistir al profesorado que imparte las asignaturas no lingüísticas en lengua extranjera, pudiendo incluirse en esta labor la actualización lingüística del profesorado.
3º. D
esarrollar actividades culturales que faciliten el conocimiento de aspectos tales
como la geografía, economía, costumbres, estilos de vida y temas de actualidad de
sus países de origen.
4º. C
olaborar con el equipo docente en la elaboración y adecuación de materiales didácticos y trabajar con él de forma coordinada.
5º. C
olaborar en la creación de un ambiente plurilingüe e intercultural en el centro.
6º. P
roporcionar la información objetiva que sobre la evolución del aprendizaje del
alumnado le sea solicitada por el profesorado responsable del área, materia o módulo correspondiente.
7º. P
articipar, a requerimiento de la dirección del centro educativo, en la propuesta, organización y realización de actividades complementarias y extraescolares que tengan que ver con el conocimiento de la diversidad lingüística y cultural. Dado que la
persona auxiliar no puede tener responsabilidad directa alguna sobre el alumnado,
en ningún momento ejercerá la labor correspondiente al profesorado acompañante
ni sustituirá a este.
8º. L
levar a cabo cualquier otra actividad relacionada con la lengua extranjera objeto
de estudio, que le sea encomendada por la Consejería con competencias en materia
de educación.
g) Comunicar a la dirección o a la jefatura de estudios del centro con la anticipación suficiente o a la mayor brevedad posible cualquier incidencia en relación a sus obligaciones.
h) P
resentar en el momento de la incorporación en el centro educativo un certificado negativo de delitos de naturaleza sexual expedido por el registro de delincuentes sexuales
o por el registro de penados de su país.