Consejería De Educación Y Empleo. Idiomas. Subvenciones. (2022063485)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, sobre convocatoria de las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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beneficiarios. El abono de las asignaciones mensuales se realizará por meses vencidos.
Cuando no se complete el mes de actividad, se abonará la parte proporcional al periodo
que corresponda.
2. L
 a justificación vendrá determinada por el cumplimiento de las horas de jornada semanal
establecidas en el artículo 7.1. El control de la jornada semanal de la persona beneficiaria
quedará recogida en la plataforma Rayuela, de manera que, cuando no se complete el mes
de actividad, se abonará la parte proporcional al periodo que corresponda. Para ello, los
directores de los centros educativos donde estén asignados estos auxiliares registrarán las
ausencias en la citada plataforma.
3. L
 as personas auxiliares de conversación asignadas a centros educativos sostenidos con
fondos públicos de la Junta de Extremadura que reciben la subvención a cargo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se rigen, para el cobro de la subvención, por las mismas condiciones que aquellas financiadas directamente por el Ministerio
de Educación y Formación Profesional, y que figuran en la Orden ECI/1305/2005 de 20 de
abril de 2005, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen
de concurrencia competitiva.
4. U
 na vez que los auxiliares de conversación hayan finalizado su actividad en el centro educativo se remitirán al Servicio de Plurilingüismo, Evaluación y Estadística los siguientes
documentos:
a) Declaración firmada de los beneficiarios de haber cumplido las condiciones y la finalidad
para la que fue concebida la ayuda.
b) Informe de la Dirección del centro educativo en el que justifique que la actividad realizada ha cumplido el objetivo para el que la ayuda fue concebida.
Decimocuarto. Compatibilidad con otras ayudas.
Estas subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o
privados, nacionales, de la Unión Europea (según lo establecido en el artículo 65.11 del Reglamento (UE) 1303/2013) o de organismos internacionales.
Decimoquinto. Reintegros, pérdidas de derecho al cobro y responsabilidades.
1. L
 os beneficiarios de las ayudas quedarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en la materia establecen el título IV de la