Consejería De Educación Y Empleo. Idiomas. Subvenciones. (2022063485)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, sobre convocatoria de las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para concesión de la subvención, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
2. A
 simismo, en todo caso, serán publicadas las concesiones de las ayudas en el Portal de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, así como en el Portal de Transparencia de la Junta de
Extremadura conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto
de Extremadura y, se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a los efectos
de la publicidad en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
3. E
 l plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de tres meses,
contados a partir de la presentación de las solicitudes.
4. L
 a falta de resolución expresa dentro del plazo máximo para resolver, legitima a los/as interesados/as para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, conforme
a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. C
 ontra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante el/la titular de
la consejería con competencias en materia de educación en el plazo de un mes contados
desde el día siguiente a su notificación, siendo competente para su resolución este último,
en relación con el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en
su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Duodécimo. Notificación y publicación.
Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas se notificarán a través del Diario Oficial de Extremadura y se publicarán en el Portal de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma.
Decimotercero. Forma de pago y justificación de las subvenciones.
1. S
 e realizará un pago mensualmente a cada persona beneficiaria, de conformidad a la cantidad establecida en el artículo 7 de la presente, en la cuenta corriente que faciliten los