Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. (2022081869)
Anuncio de 8 de noviembre de 2022 sobre notificación por publicación del primer requerimiento de subsanación del procedimiento de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna correspondiente a la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
54 páginas totales
Página
NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

56516

14.b.6) El reportaje fotográfico de los apoyos nº 1 y 26 no permite la visualizacion de sus caracteristicas
constructivas.
14.b.7) Se debe aportar la cobertura de la línea electrica en formato shape (shp) proyectada en el sistema de
coordenadas ETRS89H30.
14.b.8) Se deberá proporcionar un presupuesto detallado por actuaciones en cada tipo de apoyo y basado
en los precios unitarios de referencia establecidos en el artículo 4.3 del Decreto 35/2022, de 6 de abril,
considerándose que los gastos generales y el beneficio industrial, son gastos no subvencionables.
Se deberá aportar justificación de los cálculos realizados para la señalizacion de la línea eléctrica ya que el
presupuesto contempla la instalación de 174 balizas salvapajaros con banda reflectora en una línea eléctrica
de 1.761 m, resultando dicho nº insuficiente para señalizar con las especificaciones establecidas en el artículo
3.1.b) del Decreto 35/2022, de 6 de abril.
NIF: A28352193
Nº EXPEDIENTE: CN0110/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 1.b; 1.c; 1.e; 1.f; 8.a; 14.b.5); 14.b.7); 14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
1.b. Se deberá aportar solicitud firmada y fechada.
1.c. Se deberá aportar datos de conctato: teléfono y correo electrónico.
1.e. Se deberá aportar datos de conctato: teléfono y correo electrónico.
1.f. Se deberán aportar los datos del proyecto: identificación (fecha puesta en servicio y nº expediente de
industria).
8.a. No se considera válido el documento presentado por tratarse de una solicitud.
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.5) La medidas contempladas para la adecuación de la derivación ubicada en el apoyo nº 29 de la línea
eléctrica JL Cembrano no son subvencionables al ubicarse en un apoyo que no es propiedad del solicitante
en virtud de los establecido en el artículo 3.2 del Decreto 35/2022, de 6 de abril.
14.b.7) Se debe aportar la cobertura de la línea electrica en formato shape (shp) proyectada en el sistema de
coordenadas ETRS89H30.
14.b.8) El presupuesto presenta las siguientes incidencias:
- Se utiliza erróneamente la partida USMTCBa ya que se utiliza indistintamente tanto para el aislamiento de
puentes como de conductores, existiendo para estos último una especifica UUSMTCAbb). Para la
replanificación de las actuaciones, deberá tenerse en cuenta que los valores de referencia de estas partidas
se establecen por unidad, no por metro. Igualmente, deberá considerarse que en las crucetas en amarre tipo
bóveda, horizontal y cruz, deben aislarse todas las fases 1 m en ambos lados exteriores del punto de unión
de la grapa de amarre y que en las crucetas en suspensión tipo bóveda sólo es necesario aislar el conductor
central 1 m a cada lado del punto de enganche.
- Incluye gastos no subvencionables (redacción de proyectos, gestión de residuos, gastos generales y beneficio
industrial)
- Se deberá justificar las mediciones para los apoyos que correspondan para la partida de suministro y montaje
de cable desnudo (USMCPUcab), suministro y montaje de cuña de presión tipo ampact (USMCAPaa) y
suministro y montaje de preformado para cuña de presión tipo ampact (USMCAPab).
- Se deberá justificar la necesidad de acometer los trabajos de acondicionamiento del terreno vinculado a la
partida UDESBR1a.